¿Quién tiene derecho a solicitar la suspensión de la hipoteca?

Según el INE, el importe medio de una hipoteca es de 122.079 euros.
La moratoria hipotecaria por la crisis del coronavirus. 
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Según el INE, el importe medio de una hipoteca es de 122.079 euros.

Con la declaración del estado de alarma en España el pasado 14 de marzo de 2020 y el establecimiento de medidas restrictivas para hacer frente a la crisis sanitaria causada por el brote de coronavirus en el país, son muchas las personas que se han visto afectadas por el cierre de su negocio o por la suspensión de su contrato de trabajo de forma temporal.

Así, el Gobierno estableció una serie de ayudas para los grupos más vulnerables, entre los que caben aquellos deudores hipotecarios y que, debido a las medidas del estado de alarma, han perdido su empleo. 

La moratoria hipotecaria, ¿quién puede solicitarla?

La moratoria de deuda hipotecaria tras la situación de crisis sanitaria está regulada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, donde se establece que se aplicará a aquellos deudores que se encuentren en vulnerabilidad de económica.

Se entiende como situación de vulnerabilidad aquellas situaciones de pérdida de empleo o pérdida de ingresos y caída de ventas en el negocio del deudor. 

También entrarán en este grupo las familias que no superen en ingresos al mes anterior a la solicitud de la moratoria y aquellos cuya cuota hipotecaria más gastos y suministros resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que se perciba en la unidad familiar.

Se considerará que se ha visto afectada la situación económica cuando “el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado al menos 1.3” o en caso de que se haya “producido una caída sustancial de las ventas cuando esta caída sea al menos del 40%”. 

Aquellos ciudadanos que se encuentren en alguna de estas situaciones de vulnerabilidad económica podrán solicitar la moratoria hipotecaria hasta quince días después del fin de la vigencia del decreto-ley. Cuando hayan realizado la solicitud, la entidad acreedora tendrá un plazo máximo de 15 días para su implementación.

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