Estado de alarma en España por el coronavirus: qué se puede hacer, qué no y qué no sabemos aún

Lista de qué se puede y qué no se puede hacer durante el estado de alarma.
Lista de qué se puede y qué no se puede hacer durante el estado de alarma.
MIGUEL SANZ
Lista de qué se puede y qué no se puede hacer durante el estado de alarma.

Por segunda vez en la historia de la democracia se ha declarado el estado de alarma en España. En esta ocasión, la causa ha sido la grave crisis del coronavirus. Con todo, las dudas de los ciudadanos son numerosas. ¿Qué se puede y qué no se puede hacer?

Qué se puede hacer

Pasear al perro (solo una persona). Desplazarme a otra comunidad por trabajo. Regresar a mi vivienda habitual. Bajar la basura. Sacar dinero o ir al banco. Usar el Cercanías. Celebrar bodas o funerales (con aforo limitado). Acudir al médico. Coger un taxi o un VTC (si estás contagiado, debes notificarlo). Acudir a ayudar a personas dependientes o vulnerables. Tomar paracetamol si tenemos síntomas.

Qué NO puedes hacer

Bajar con un niño a la calle. Salir a correr o a pasear. Lleva a alguien en coche al trabajo. Visitar a familia o amigos (si no son dependientes). Negarse a ir a la oficina (se recomienda el teletrabajo, de todos modos, siempre que sea posible). Salir a comprar ropa. Salir a comer fuera (sí se puede pedir comida a domicilio). Acudir a una cita del DNI. Acudir a un juicio (de hecho, se han suspendido). Tomar ibuprofeno si tenemos síntomas (según afirma el ministro de Salud de Francia, aunque no está demostrado).

Además, sí se pueden hacer cosas básicas, como ir a trabajar, a comprar comida, a repostar combustible o al médico.

El estado podrá poner multas de 100 a 600.000 euros y en casos de desobediencia grave, entre tres años y un año de prisión.

Tabla con lo que se puede y lo que no se puede hacer durante el estado de alarma.
Tabla con lo que se puede y lo que no se puede hacer durante el estado de alarma.
MIGUEL SANZ

PREGUNTAS Y RESPUESTAS DE LOS CIUDADANOS

1.- ¿Los estanqueros o peluqueros están obligados a ir al trabajo?

El decreto deja claro que el Gobierno "se asegurará la plena disposición de todos los empleados que presten servicio en el ámbito sanitario". Sin embargo, no habla con esa rotundidad cuando se refiere a otros centros de trabajo que quedarán abiertos y que no tendrían esa función de primera necesidad.

Muchos trabajadores de ópticas, de estancos y de peluquerías trasladan sus dudas respecto a si tienen que ir obligatoriamente a trabajar el lunes, y sobre si sus comercios tienen obligatoriamente que abrir o pueden permanecer cerrados e incluso establecer turnos de servicios mínimos.

El Gobierno, de momento, no lo ha aclarado, pero todo apunta a que en el Consejo de Ministros del martes abordarán esta situación. Y también se tratará de cómo queda la situación laboral en caso de que decidan no ir si no son imprescindibles para su funcionamiento.

Lo que sí ha hecho este domingo la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, es contradecir la medida del Gobierno sobre las peluquerías y publicar en Twitter lo siguiente: "Las peluquerías se cierran mañana en la Comunidad de Madrid".

2.- ¿Se puede salir para pasear al perro pero no para sacar a un niño?

El Gobierno aclaró ayer que las personas que tengan animales en casa pueden sacarlos a la calle, pero dejó claro que solo podrá ir una única persona con el animal.

Desde el Gobierno apelaron "al buen criterio de todo el mundo" para determinar la duración que se permite de los paseos con el perro y dejaron claro que no serán "en colectividad". Es decir, que además de pasearlo solo, el ciudadano que salga con su perro no puede interactuar con otras personas que estén haciendo lo mismo.

Sin embargo, a la vez que se permite pasear a perros, parece expresamente prohibido sacar a un niño a pasear por la calle.

3.- ¿Se puede llevar a alguien en coche al trabajo?

Otra duda que ha saltado es sobre las personas que van a trabajar acompañadas por alguien en el coche. "¿Mi novio me puede seguir llevando al trabajo?", preguntaban este fin de semana. Parece que no estaría permitido llevar a un trabajador a su centro laboral, aunque el Ejecutivo tampoco lo ha negado con rotundidad y no ha explicado cómo se debe viajar en los coches particulares. "El Ministerio de Transportes necesita un breve espacio de tiempo" para concretarlo, explican.

4.- ¿Se puede salir a correr?

Las calles de Madrid amanecían este domingo con gente que estaba, sola, haciendo algo de deporte en las calles, sobre todo corriendo. Sin embargo, el decreto no lo incluye como una de las excepciones para salir de casa, así que estaría expresamente prohibido. De todas formas, el Gobierno central, ante una pregunta concreta tras la comparecencia de Sánchez, no llego a a con afirmarlo con rotundidad.

5.- ¿Asumirá el Gobierno los sueldos de los trabajadores afectados?

Esta es una de las decisiones que generó ayer debate interno dentro del Gobierno y que el decreto de alarma no aborda. Este asunto será abordado en el Consejo de Ministros de este próximo martes. aclara.

6.- ¿Hay una moratoria en los alquileres? ¿Y en las hipotecas?

Otros gobiernos han aprobado ya esta medida, pero en el caso de España tampoco hay aún acuerdo político dentro del Gobierno y se abordará en un próximo decreto.

7.- ¿Me pueden multar y puedo ir a la cárcel?

La ley establece sanciones de posible aplicación desde 100 euros por quitar una valla o un precintado, hasta multa de entre 600 euros y 30.000 euros por desobediencia a la autoridad. También estipula multas de entre 3.000 y 60.000 y hasta 600.000 euros por la realización de conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave o muy grave para la salud de la población.

Asimismo, según la ley serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, "sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".

8.- ¿Me atenderán dentro de una sucursal?

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, aclaró en rueda de prensa este sábado que los ciudadanos sí podrán salir de casa para sacar dinero en los cajeros automáticos.

En concreto, además de los servicios proporcionados habitualmente a través de la banca digital, las entidades seguirán estando a disposición del público a través de su red de sucursales, cubriendo todos los municipios en los que cuentan con presencia física.

Asimismo, la plena operatividad de las redes de cajeros automáticos permitirá a los clientes la disposición de efectivo y el acceso a parte de la operativa básica sin necesidad de acceder al interior de las sucursales, indica el Banco de España.

En este sentido, la presidenta del Banco Santander, Ana Botín, detalló anoche en su perfil de LinkedIn que las sucursales de su banco permanecerán abiertas. "Apoyar a nuestros clientes en estos momentos difíciles es crítico. Gracias a todos los que estáis ahí estos días, estamos muy pendientes e vosotros".

9.-¿Puedo tomar ibuprofeno? ¿Y paracetamol?

El ibuprofeno es la manera comercial de conocer a uno de los medicamentos antiinflamatorios más recurrentes por toda la población. El ministerio francés de salud y el diario Le Monde dieron la voz de alarma sobre su uso contra el coronavirus.

Sin embargo, el ministerio de Sanidad español ha querido aclarar que "ningún dato" indica que el ibuprofeno agrave las infecciones por Covid-19. "La posible relación entre la exacerbación de infecciones con ibuprofeno y ketoprofeno se están evaluando para toda la UE en el Comité de Evaluación de Riesgos en Farmacoviligancia". Desde Sanidad aconsejan a los pacientes que estén en tratamiento crónico con ibuprofeno o ketoprofeno que "no deben interrumpirlo".

Sobre el consumo de paracetamol no hay ninguna contraindicación ya que es un fármaco analgésico. De hecho, el ministerio de Sanidad ha aclarado en su perfil de Twitter, que "se recomienda el uso de paracetamol para el tratamiento de la fiebre, pero no está contraindicado el uso de ibuprofeno en el tratamiento de síntomas menores".

10.-¿Está regulado el tiempo de las salidas permitidas?

No. No obstante, el Real Decreto advierte de que la permanencia en los establecimientos comerciales que estarán abiertos deberá ser la estrictamente necesaria para la compra de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.

11.- ¿Podré desplazarme en transporte público?

Sí. El servicio de transportes seguirá operativo, si bien los servicios por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo deben reducir su oferta total de operaciones a la mitad, a excepción de los de trenes de cercanías, el metro o lo autobuses urbanos e interurbanos, que mantendrán su oferta.

12.- ¿Puedo ir a misa o celebrar bodas o entierros?

Sí, pero con condiciones. Ahora bien, la asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de medidas para evitar aglomeraciones, de modo que se garantice la posibilidad de respetar la distancia de, al menos, un metro.

13.-¿Puedo visitar a mi familia? ¿qué puedo hacer si salgo?

Sobre si se puede salir para visitar a un familiar, depende. El Real Decreto restringe las visitas a amigos y familiares, pero las permite en el caso de que se trate de ancianos dependientes y que necesiten asistencia.

No se permiten los paseos. Solo está permitida la movilidad para ir al trabajo, hacer la compra en un supermercado o tienda de alimentación, echar gasolina o para ir a entidades financieras y de seguros.

Sí se puede salir para comprar el periódico o tabaco. Peluquerías, quioscos de prensa, librerías, papelerías, farmacias, lavanderías, estancos, droguerías, ópticas y tiendas de productos ortopédicos, así como los establecimientos especializados en equipos tecnológicos y de telecomunicaciones o comida para mascotas podrán abrir al público.

Están también justificados los desplazamientos para la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, así como por causa de fuerza mayor o situación de necesidad y "cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada".

14.-¿Qué hago si tengo una cita con el médico?

"Cada hospital está reorganizando su actividad y se pondrán en contacto con los pacientes que tengan citas", han indicado fuentes de la Consejería de Sanidad de Madrid a 20minutos.

Cada hospital está valorando la situación de los pacientes y ocupándose de sus citas. Por tanto, señalan, "en principio y a día de hoy si tienes cita con tu médico, acude".

"Algunas consultas se van a reprogramar, otras se van a hacer por teléfono al ser de seguimiento y si tienen que venir porque la situación lo requiera les van a decir cómo y cuándo", aseguran.

No obstante, siempre se aconseja que la gente que tenga que acudir al hospital que lo haga de forma individual o con un solo acompañante si su autonomía no se lo permite. Tomar las medidas de prevención difundidas por las autoridades sanitarias y "evitar la afluencia innecesaria dentro de los hospitales".

15.-¿Qué hago con la cita del DNI o si tengo un juicio?

Si te ha llegado por correo un recordatorio de tu cita para renovar el DNI o el pasaporte, elimínalo.

El Gobierno ha decidido cancelar el servicio de expedición y renovación de DNI y pasaporte mediante el servicio de cita previa y asistencia a las comisarías desde este lunes, según fuentes policiales. La razón es evitar las aglomeraciones de gente en las comisarías en el momento de ir a renovar el pasaporte o el documento nacional de identidad y evitar así la propagación del coronavirus.

Asimismo, los juicios quedan aplazados hasta nuevo aviso.

16.-¿Puedo coger un taxi o un Cabify?¿y pedir comida a domicilio?

Tanto taxis como Cabify, Uber y otras plataformas de movilidad no tienen restricciones a la hora de recoger pasajeros. Sin embargo, si un ciudadano tuviera indicios de contagio del Covid-19 tendrá que comentarlo expresamente antes de solicitar uno de sus servicios.

El decreto sí permite que los usuarios puedan pedir comida a domicilio en aquellos establecimientos que dispongan de este servicio. Sobre los pedidos de compra on-line de los supermercados, siguen operativos a expensas de que por protocolo interno, cada cadena decida anunciar que un un día en concreto no reparte a domicilio.

17.- ¿Puedo pedir paquetes por Correos o Amazon?

Por el momento no existe ninguna indicación al respecto. A priori los servicios de paquetería como Correos o Amazon se encuentran operativos siguiendo los protocolos y medidas de higiene propias de la empresa y las estipuladas por el ministerio de Sanidad.

En este sentido, los porteros de fincas privadas no tienen la obligación de recibir los paquetes sino que serán los propietarios de las viviendas los que tengan que hacerse cargo de su recepción.

18.-¿Estoy obligada a ir a la oficina si no me aprueban el teletrabajo?

Esta es una de las preguntas más habituales de los ciudadanos tras la aprobación del decreto de estado de alarma por el coronavirus.

En este sentido, el Gobierno no ha impuesto ninguna obligatoriedad sino que ha aconsejado el teletrabajo siempre que la naturaleza del oficio lo permita. Es por esto que la decisión de tener que ir a la oficina o de trabajar en remoto dependerá de las normas y directrices de cada empresa privada, pública o en carácter de autónomos. Antes de encarar el inicio de la próxima semana se recomienda a cada trabajador ponerse en contacto con su responsable para aclarar esta situación.

19.-Estoy embarazada, ¿puedo dar el pecho?

Una de las cuestiones que más preocupan a muchos padres es cómo puede interferir el coronavirus en la lactancia. Pueden, en principio, estar tranquilos. “Si la lactancia ya está establecida, es decir, si la madre contrajese el virus cuando el bebé ya tiene un mes o más, no hay transmisión. Así se ha determinado según los estudios realizados hasta el momento, aunque cabe señalar que la bibliografía médica por ahora es muy escasa”.

20.-¿Le puedo pegar el coronavirus a mi perro?

No se ha demostrado, por el momento, que exista alguna prueba de que pueda transmitirse a animales como perros o gatos, tal y cómo ha afirmado la OMS. Sin embargo, la misma organización recomienda el lavado frecuente de manos si estás habitualmente con animales ante la posibilidad de transmisión de otras bacterias.

21.-¿Se puede sacar la basura?

No existe ninguna aclaración pública sobre este apartado pero el protocolo contra el coronavirus incide en el fomento de todas las medidas de higienización posibles. Si acumulas basura en casa, lo lógico es que una persona sola, sin compañía, baje a los cubos y la deposite.

El servicio de recogida de basuras municipal sigue con su funcionamiento habitual dentro del marco de la crisis del coronavirus, esto es, con reorganizaciones de turnos y aplicación de medidas para evitar su expansión.

22.-¿Qué pasa con la lotería que ya tengo comprada?

Desde Loterías y Apuestas del Estado concretan que todos los sorteos que iban a celebrarse a partir del 16 de marzo quedarán aplazados pero que todos los décimos y resguardos vendidos seguirán siendo válidos y deberán comprobarse cuando los sorteos se celebren en el futuro. Aún no hay fechas previstas.

23. ¿Puedo aparcar en la zona SER?

El Ayuntamiento de Madrid ha dejado sin efecto el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) en toda la capital mientras que dure el estado de alarma decretado por el Gobierno de la Nación con le objetivo de que se beneficie a "aquellos con trabajo personal".

Lo mismo ha ocurrido en otras ciudades como Zaragoza.

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