El Ayuntamiento de Madrid, multado por un juicio que no se tuvo que celebrar

El Ayuntamiento de Madrid deberá pagar 121,50 euros por las costas de un juicio celebrado en el Juzgado número 10 de lo Contencioso Administrativo de la capital para recurrir una multa de tráfico interpuesta contra una empresa de alquiler de vehículos, según informó hoy el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA), que consideró la decisión judicial "un éxito" y "una novedad".

Según informó hoy CEA, el Ayuntamiento de Madrid sancionó a una empresa de alquiler de vehículos por una infracción cometida por un coche que ya había sido vendido y que, por tanto, no pertenecía a la compañía.

Pese a que ésta puso los hechos en conocimiento de la Dirección General de Movilidad del Ayuntamiento, el Gobierno local "no sólo no anuló la multa sino que además impuso una sanción de 301 euros a la empresa por no identificar en tiempo y forma al conductor del vehículo".

Así, la empresa de renting se dirigió a la asesoría jurídica de CEA, cuyos letrados recurrieron tanto la multa errónea como la penalización. Finalmente, el juez del Juzgado número 10 de lo Contencioso Administrativo de Madrid estimó el recurso presentado por el abogado Fernando González Iturbe y en la misma sentencia obliga al Ayuntamiento a anular las multas y a pagar las tasas por el juicio, que ascienden a 121,50 euros.

"Esto no sólo supone un éxito para la asesoría jurídica de CEA, sino que además es totalmente novedoso que el Ayuntamiento se vea obligado a devolver al recurrente las tasas por dicho juicio, ya que en iguales y reiteradas ocasiones nunca antes se había fallado de esta manera", concluyó CEA

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