Consentimiento expreso, juzgados especializados, penas diferentes… Las claves de la ley del ‘solo sí es sí’

Este jueves, los ministerios de Justicia e Igualdad mantuvieron una pugna de la que salió victorioso el liderado por Irene Montero, y finalmente la norma se empezará a tramitar antes del 8 de marzo, día de la mujer, como pretendía Montero. Igualdad lleva días anunciando que quiere presentar de manera "inminente" su Ley de Libertad Sexual, que entre otras cosas considera violencia de género la violencia sexual fuera del ámbito de la pareja, unificará los delitos de abuso y agresión sexual en favor de esta última categoría y penalizará cualquier tipo de relación sexual sin consentimiento.
Una imagen de archivo de Irene Montero.
Este jueves, los ministerios de Justicia e Igualdad mantuvieron una pugna de la que salió victorioso el liderado por Irene Montero, y finalmente la norma se empezará a tramitar antes del 8 de marzo, día de la mujer, como pretendía Montero. Igualdad lleva días anunciando que quiere presentar de manera "inminente" su Ley de Libertad Sexual, que entre otras cosas considera violencia de género la violencia sexual fuera del ámbito de la pareja, unificará los delitos de abuso y agresión sexual en favor de esta última categoría y penalizará cualquier tipo de relación sexual sin consentimiento.

El anteproyecto de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, la conocida como ley del ‘solo sí es sí’, ha llegado este martes al Consejo de Ministros y tras semanas de informaciones diversas, finalmente se conoce la propuesta del Ministerio de Igualdad. El departamento de Irene Montero ha presentado a primera hora un resumen ejecutivo del borrador que se ha presentado en la reunión ministerial.

Estas son las claves de un texto al que el Gobierno dará luz verde en la semana del 8-M, Día Internacional de la Mujer. Un texto que habla de las agresiones pero también de la necesidad de establecer mecanismos de formación y sensibilización para prevenir estas conductas con el objetivo, según Igualdad, de erradicarlas. El anteproyecto pretende que todas la violencias sexuales sean consideradas violencias machistas.

Cómo se define el consentimiento

Fuentes del ministerio apuntan que consiste en poner en el centro de la cuestión la libertad sexual, "que pasa a ser el bien jurídico protegido de la ley". Ya no se trata de que la víctima oponga resistencia sino de que diga que sí solo cuando quiera mantener relaciones sexuales.

Se entiende que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado “libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto”.

Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación subjetiva de la ley comprende a todas las mujeres que hayan sido víctimas de violencias machistas en el país, con independencia de su nacionalidad o situación administrativa de residencia, o en el extranjero, cuando sean de nacionalidad española o el delito pueda ser perseguido en España.

"Por el hecho de que la edad de consentimiento sexual está establecida a partir de los 16 años, esas mujeres también tendrán protección en esta ley", explica el departamento de Montero, que agrega que esa cobertura no tiene por qué ser incompatible con la ley de protección a la infancia que prepara la Vicepresidencia de Pablo Iglesias. Esta será más amplia y recogerá las violencias sexuales de la que sean víctimas los menores. 

Manifestaciones de violencia sexual

Se consideran violencias sexuales los delitos previstos en el título VIII del Código Penal, la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado y la trata con fines de explotación sexual. "Todo lo que implica decidir sobre tu vida sexual", afirman desde Igualdad.

Como novedad se considerará delito leve el acoso ocasional, no penado hasta ahora. El ministerio afirma que se suele denominar acoso callejero pero no es solo el que se produzca en la vía pública, sino también en recintos privados, como por ejemplo conciertos, discotecas o bares. Podrá ser considerado como tal aquellas “expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria”. Igualdad defiende que es un delito que requiere denuncia de la agraviada, por lo que no se criminaliza el piropo, dado que si ella lo recibe como tal no lo va a denunciar. 

Estará penado con localización permanente, trabajos comunitarios de hasta un mes o multa. Esto supone una sensible rebaja de las condenas que preveía Unidas Podemos en su propuesta inicial. La formación morada aspiraba a imponer entre tres a nueve meses de trabajos para la comunidad

En el caso del stalking, o acoso reiterado, se elimina que tenga que alterar "gravemente" la vida cotidiana de la víctima. Basta que la altere como resultado de seguimientos, contactos insistentes o usos de datos.

Penas diferentes

En el Código Penal actual abuso y agresión son delitos distintos. Ambos tienen un tipo agravado que incluye la penetración, con penas de cuatro a diez años y de seis a doce, respectivamente. En el caso del primero no se considera violación al no mediar violencia o intimidación. La reforma elimina ese condicionante y lo simplifica todo: desaparece el delito de abuso, lo que obliga a una redefinición de las penas, que sus impulsores desmienten que se concrete en una rebaja.

La violación, que pasa a una agresión sexual con penetración aunque no haya violencia, se penará con entre cuatro y diez años de prisión. El ministerio explica que mientras antes los agravantes, independientemente del número, podían subir hasta 15 años la condena, ahora un primer agravante podrá sumar dos años más a la pena y si concurren dos o más, hasta cinco. Lo mismo ocurre con la agresión sexual sin penetración, penada con entre uno y cuatro años de cárcel (antes hasta cinco). Con un agravante, el castigo puede llegar a seis y con dos, a siete. 

"Se trata de darles una escala más detallada a los jueces para que las penas sean más eficaces", argumenta Igualdad sobre una ley que también introduce nuevos agravantes. En el de parentesco se especifica que el agresor sea esposa o exmujer, para incorporar la perspectiva de género. Y en el caso de trato especialmente vejatorio se incorpora que “la violencia haya venido precedida de un grave daño”.

Juzgados especializados

La ley acompaña a la especialización de la judicatura e Igualdad quiere que se constituyan juzgados que atiendan los casos de violencia sexual. Serán los encargados de instruir y enjuiciar.

Un estudio del Consejo General del Poder Judicial determinará si esa especialización será incorporada a los actuales juzgados de violencia machista o si podrán constituirse instituciones específicas.

El objetivo es lograr la especialización de todos los operadores jurídicos, "con especial atención al ámbito forense", esencial para obtener pruebas.

Prevención

En el sistema educativo se incluirá la integración de contenidos sobres educación sexual en igualdad y diversidad afectivo-sexual para el alumnado. Se impulsarán igualmente campañas institucionales dirigidas a prevenir las violencias sexuales e informar a las mujeres sobre sus derechos y recursos.

Además se promoverán acuerdos con empresas y prestadores del sector de las tecnologías para implementar medidas dirigidas a la prevención y sensibilización en el ámbito digital. Asimismo se desarrollarán medidas dirigidas al ámbito publicitario, el ámbito laboral.

El Estado apoyará por otro lado a las entidades locales para que lleven a cabo medidas urbanísticas y de seguridad que garanticen que los espacios públicos sean seguros y accesibles para las mujeres.

Asistencia integral

Todas las víctimas "tendrán garantizados" los derechos de asistencia integral especializada, con acceso a información, atención médica y psicológica, asesoramiento en los procesos judiciales, necesidades económicas, laborales, de vivienda y sociales.

Por primera vez además se incluye el derecho a la reparación integral en una norma estatal, con indemnizaciones, medidas para la completa recuperación y garantías de no repetición.

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