El Ministerio Fiscal sostiene que el 10 de enero de 2018, la acusada dio a luz en el Hospital Universitario Central de Asturias al octavo de sus hijos. Salvo en una ocasión, el 19 de diciembre de 2017, en que fue al Centro de Salud de Sotrondio, nunca acudió a seguimiento ni a control alguno del embarazo. Respecto de los otros siete hijos, la Administración acordó la adopción de medidas de protección.
La acusada, en contra del criterio médico, solicitó el alta voluntaria al día siguiente del parto, el 11 de enero, y dejó a su hijo ingresado en el centro hospitalario. En unos análisis practicados, dio resultado positivo al control del consumo de cocaína.
El 24 de enero de 2018 se declaró la situación de desamparo del menor recién nacido y se asumió la tutela del mismo por la entidad pública, así como su acogimiento residencial. Tras su nacimiento, el menor permaneció ingresado hasta el 16 de marzo, tiempo durante el cual la madre solo visitó al bebé en dos ocasiones.
Dada la situación, la Sección de Centros de Menores informó el 25 de mayo de la necesidad de incoar un procedimiento de adopción a fin de integrar al menor en un núcleo familiar estable y adecuado para su completo desarrollo.
La Comisión del Menor, en su reunión de 5 de junio, acordó elevar al órgano decisor una propuesta de medida en iguales términos. Por último, por resolución de 7 de junio de 2018, se dictó resolución por la que se acordaba el inicio del procedimiento de adopción.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de abandono de familia y solicita que se condene a la acusada a 2 años y 3 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad durante 7 años, así como las costas del juicio.
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