¿Por qué un juez puede devolver al jurado popular su veredicto?

Manuel S.G. ha comparecido como testigo hoy en el juicio por el asesinato de la joven Diana Quer. Manuel fue amigo de José Enrique Abuín, 'El Chicle' y ha respondido a las preguntas del fiscal sobre la vida que llevaba el acusado. El testigo ha declarado que frecuentaban clubs de alterne, discotecas e institutos.
Una sesión del juicio contra el Chicle.
Manuel S.G. ha comparecido como testigo hoy en el juicio por el asesinato de la joven Diana Quer. Manuel fue amigo de José Enrique Abuín, 'El Chicle' y ha respondido a las preguntas del fiscal sobre la vida que llevaba el acusado. El testigo ha declarado que frecuentaban clubs de alterne, discotecas e institutos.

Uno de los veredictos más esperados era el de este viernes en el juicio por la muerte de Diana Quer. El jurado popular debía decidir sobre el grado de culpabilidad de José Enrique Abuín Grey el Chicle. Pero el magistrado presidente del tribunal lo ha devuelto por errores formales y contradicciones.

Desde luego, no es la primera vez que sucede. Pasó en otro caso mediático, el juicio contra Patrick Nogueira por el crimen de Pioz: el hombre asesinó y descuartizó a sus tíos y a sus primos, de 1 y 4 años de edad. 

En una primera ocasión, la magistrada presidente Elena Mayor devolvió en  noviembre de 2018 el acta del veredicto al jurado, también por haber encontrado "falta de motivación". Dos días después se emitió un veredicto correcto, que declaró culpable al acusado, al que posteriormente la jueza condenó a prisión permanente revisable.

Rafael Fontán, profesor de Derecho Penal de la Universidad Europea de Madrid, señala que devolver un veredicto no es infrecuente, y de hecho lo raro es que no hubiera devoluciones. "Una primera devolución no es una cosa rara", apunta.

El magistrado presidente Ángel Pantín ha encontrado en el acta del veredicto errores formales, confusión de fechas, posicionamientos contradictorios y una escasa motivación.

Devolución del acta

De acuerdo con el artículo 63 de la Ley del Tribunal del Jurado, el magistrado presidente puede devolver el acta con el veredicto en varios supuestos. Entre ellos, si el jurado no se ha pronunciado sobre la culpabilidad de todos los acusados, si los diversos pronunciamientos son contradictorios o si se ha incurrido en defectos relevantes.

Hay que recordar que los jurados no se pronuncian sobre cuestiones de derecho, puesto que no son profesionales de la justicia, sino sobre hechos. Es decir, su trabajo en el veredicto es determinar si los hechos tratados en el juicio quedaron o no demostrados, y si se puede considerar al acusado culpable o inocente.

Para ello, el magistrado presidente les entrega un documento llamado objeto del veredicto, hecho con ayuda de las partes y donde se enumeran por párrafos cada uno de los hechos sobre los que deben deliberar y votar. 

Por eso el jurado está formado por un número impar, nueve, para facilitar una mayoría en estas decisiones. Se declaran probados los hechos si obtienen al menos siete votos cuando son perjudiciales para el procesado, y cinco si le son favorables.

Finalmente se "precisará el hecho delictivo por el cual el acusado habrá de ser declarado culpable o no culpable", según dice la ley.

Tras la votación, el resultado se debe reflejar en un acta. Además del resultado de las votaciones, los jurados tienen que explicar por qué han rechazado o declarado probados los hechos, así como el por qué consideran que el acusado es culpable o inocente.

Posibles defectos en las preguntas

Fontán apunta que tras la devolución puede estar el hecho de que "no se instruyó suficientemente bien al jurado respecto al objeto del veredicto". Es decir, el problema se presenta en el planteamiento mismo de las preguntas al jurado.

"Muchas veces las preguntas no están bien hechas, las partes no se implican lo suficiente porque tienen miedo de que la contraparte considere que está prejuzgando", señala Fontán. "Así que muchas veces la devolución un objeto del veredicto se debe a que hay una cierta confusión en el objeto mismo".

Determinar si hubo violación

Aunque no ha trascendido mucha información sobre los motivos exactos de la devolución, Fontán apunta a que puede haber "mucha complejidad" a la hora de determinar si se ha cometido un delito contra la libertad sexual.

Ése es uno de los puntos críticos del juicio. Demostrar si hubo o no agresión sexual por parte del Chicle a Diana Quer es fundamental, de ello depende que sea o no condenado a la prisión permanente revisable, como pide la acusación y el Ministerio Fiscal. 

El problema es que los mismos peritos no llegan a una opinión concluyente al respecto. Hay muchos indicios (entre ellos, un edema "importante" hallado en la zona genital de Diana) pero ninguna prueba directa. Y el acusado ha negado haberla violado antes de su muerte.

"La existencia o inexistencia de varios indicios, todos en la misma dirección, puede servir de prueba suficiente para una condena"

"A lo mejor la existencia o inexistencia de varios indicios, todos en la misma dirección, no contradictorios, pueden servir de prueba suficiente para construir una condena", explica Fontán. "Pero si esos indicios están en contradicción, es imposible que se den y no se den al mismo tiempo, esto supone que tenga que volverse a revisar el veredicto".

Falta de motivación

El magistrado presidente del caso también ha señalado como causa de devolución la "falta de motivación" en el acta del jurado. Fontán explica que para considerar que algo ha sido o no probado los jurados tendrán que hacer referencia al documento, prueba o peritaje correspondiente.

"Es una explicación sucinta, pero se tienen que dar las razones por las que se ha declarado o rechazado determinado hecho como probado", menciona. "A lo mejor solo figura el resultado de la votación, pero no han dicho por qué han rechazado o probado determinado hecho".

El juez puede devolver el veredicto hasta en tres ocasiones, pasadas las cuales se ordenaría la disolución del jurado y la repetición del juicio con un nuevo jurado. 

Si aún con ese nuevo jurado se volviera a repetir esta situación, el juez absolverá al acusado, según el artículo 65 de esa ley

Mostrar comentarios

Códigos Descuento