En su auto, la Sección número 1 de la Audiencia de Ávila da por buena la decisión del juez de Vigilancia Penitenciaria y rechaza el recurso que fue presentado por la acusación pública, resolución contra la que no cabe interporner recurso alguno, según informaron a Europa Press fuentes del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
El Ministerio Público argumentaba en su escrito que el permiso "no cumple los requisitos legales", ya que, por un lado, "no tiene como contenido un programa específico de tratamiento", y en segundo lugar, el exduque de Palma aún "no ha cumplido la cuarta parte de su condena", que es de cinco años y diez meses de cárcel.
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