El Colegio de Médicos no actuará en el caso del médico naturista acusado de lesiones hasta que haya sentencia

El Colegio de Médicos de Jaén no actuará hasta que haya sentencia judicial en el caso del médico naturista acusado de lesiones imprudentes a una mujer de 58 años que, en octubre de 2018, tuvo que ser ingresada en la UCI tras someterla a un tratamiento de punciones en el esternón para la extracción de células madre.
Entrada al Colegio de Médicos de Jaén
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COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE JAÉN - Archivo
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El presidente del Colegio de Médicos, Emilio García de la Torre, ha indicado a Europa Press que hasta el momento en que no haya una sentencia judicial "tenemos atadas las manos" por lo que no será hasta ese momento cuando la entidad judicial reabra la información reservada que le abrió a este doctor tras conocerse los hechos.

"Ahora mismo no podemos hacer absolutamente nada hasta que no tengamos un fallo judicial", ha indicado García de la Torre. Ha insistido en que cualquier actuación que tome el Colegio en este caso se tendrá que circunscribir al ámbito de la actuación profesional de este doctor y las sanciones se limitan a tiempo de inhabilitación en el ejercicio profesional, que puede ir más allá del tiempo que se refleje en la sentencia si finalmente es condenado.

La inhabilitación para el ejercicio de la medicina sería no sólo para España sino para cualquier país de la Unión Europea e "incluso muchos otros países", ha dicho el presidente del Colegio de Médicos de Jaén.

El Ministerio Fiscal ya ha pedido ha pedido seis meses de prisión y dos años de inhabilitación para el ejercicio de la profesión para este médico naturista que, según recoge Fiscalía en su escrito, es "licenciado y doctor en medicina y cirugía y no es especialista en hematología ni hemoterapia".

El tratamiento al que sometió a la perjudicada consistió en "tres punciones esternales con la finalidad de extraer sangre de la paciente, procesar el plasma y una vez tratado volverlo a introducir por vía intravenosa o local para regenerar tejidos u órganos".

Una de estas punciones le provocó "un taponamiento cardiaco traumático y neumomediastino anterior leve-moderado", esto llevó a que la mujer se desvaneciera y fuese trasladada al Hospital de Jaén desde donde se derivó al Hospital Reina Sofía de Córdoba. Añade el escrito que para solventar la situación hubo que practicar a la mujer "cirugía de emergencia", lo que la llevó a permanecer en el UCI durante seis días.

Asimismo, recoge el escrito que la perjudicada "firmó un consentimiento en el que no consta que le iban a practicar una punción esternal ni las complicaciones que pueden derivarse". Es más, según indica el Ministerio Público, el acusado dijo a la mujer que con el tratamiento que le iba a suministrar "mejoraría la rinitis alérgica, la trombocitemia, la audición y agudeza visual".

El escrito de Fiscalía señala que el acusado estaba autorizado en su clínica para realizar actividades de medicina general/familiar, medicina estética, cirugía menor ambulatoria, acupuntura y homeopatía y "carecía de autorización para actividades de obtención de cálulas y tejido para el uso de plasma autólogo y sus fracciones".

Por ello, la Junta de Andalucía ha iniciado un expediente sancionador que como medida preventiva acordó en febrero de este año la suspensión en la clínica del acusado de las actividades sanitarias de tratamiento consistente en PRP, enriquecido en factores de crecimiento y células madres autólogas, así como el uso de plasma autólogo y sus funciones.

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