El 90% de las víctimas no cobra la indemnización porque el culpable no paga

  • Son cometidos por delincuentes habituales.
  • La mayoría se declara insolvente.
  • Una ley concede ayudas pero sólo por delitos violentos.
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Un tirón, un atraco, una estafa... Cualquiera puede ser víctima de algunos de estos hechos pero muy pocos tienen la suerte de recibir una indemnización cuando se pilla y procesa al culpable. Aproximadamente el 90% de los delitos son cometidos por personas que carecen de ingresos y bienes, por lo que al ser condenadas en los tribunales al pago de indemnizaciones a las víctimas, éstas no pueden ser resarcidas del daño.
Sólo los delitos de tráfico y seguridad vial tienen un reflejo económico

En el mejor de los casos, los perjudicados tienen que conformarse con ver al delincuente entre rejas. La mayoría de las sentencias por delitos con daños materiales y personales lleva aparejada una indemnización económica, pero éstas se abonan sólo en aquellos casos en los que el penado tiene solvencia económica o una póliza de seguros, explica a Sur el teniente fiscal de Málaga, Antonio Morales.

"No hay estadísticas al respecto, pero aproximadamente el 90% de los delitos son cometidos por delincuentes habituales, que se declaran insolventes y no pagan", añade Morales.

Tráfico y seguros

Únicamente, los delitos relacionados con el tráfico y la seguridad vial tienen un reflejo económico práctico y real en la responsabilidad civil que lleva aparejada. Las compañías de seguros se hacen cargo de las indemnizaciones y en el peor de los casos siempre está detrás el Consorcio de Compensación. "Lo razonable sería que el Estado se hiciera cargo de forma subsidiaria de esas indemnizaciones -considera el fiscal-, ya que si no es capaz de prevenir el delito, al menos debería proteger a la víctima que lo sufre con una compensación económica".

En opinión de Morales, al igual que existe el Fondo de Garantía Salarial con el que el Estado responde ante los trabajadores, debería existir un fondo específico para las víctimas de delitos.

Las ayudas estatales

Desde 1995, la Ley de Atención a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual concede ayudas económicas en casos de asesinato, homicidio -consumados o en grado de tentativa-, lesiones, así como violación, agresión y abuso sexual, pero establece bastantes limitaciones.

Los solicitantes deben reunir una serie de requisitos de orden familiar y económico. Además, las ayudas se establecen aplicando unos coeficientes de manera que, finalmente, su cuantía «casi siempre está por debajo de la que el juez fija en la sentencia», asegura María Victoria Rosas, coordinadora del Servicio de Atención a las Víctimas del Delito de Andalucía (SAVA).

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