La Sala de lo Contencioso del alto tribunal ha rechazado así el recurso presentado por varias mujeres contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que no consideró vulnerados sus derechos después de que el Ayuntamiento de Irún autorizara la celebración del Alarde y estableciera que su participación en el acto debía de ser autorizada por los organizadores.
Las mujeres habían pedido al Ayuntamiento que obligara a los organizadores a admitir su presencia y que se pidiera a la policía que garantizara su participación.
El Tribunal Supremo ya se pronunció en este mismo sentido en febrero del pasado año respecto al alarde de Hondarribia en respuesta a un recurso de la asociación Joana de Mugarrietakoa.
Esta agrupación, junto a otros colectivos e instituciones vascas reivindican la participación de las mujeres en los alardes de Irún y Hondarribia en igualdad de condiciones que los hombres, lo que ha dado lugar a que se registraran incidentes en años anteriores durante estos desfiles dado que la mayoría de la población de ambos municipios defiende el alarde tradicional, en el que las mujeres sólo participan como cantineras.
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