El Supremo reabre el caso PutaSGAE

  • La Asociación de Internautas fue condenada a indemnizar a la SGAE en 2006 por alojar una página que atentaba contra su honor.
  • Se espera que el Supremo fije un criterio general sobre la responsabilidad de los prestadores de servicios de telecomunicaciones.
Fotografía de una pintada contra la SGAE.
Fotografía de una pintada contra la SGAE.
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Fotografía de una pintada contra la SGAE.
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado por la
sentencia que en 2006 le condenó a pagar 36.000 euros de indemnización a la SGAE, por una "intromisión ilegítima en el derecho al honor" de esta organización.

En la sentencia de 2006 un tribunal determinó que la Asociación de Internautas tenía una responsabilidad absoluta por los contenidos en PutaSGAE, dado que l
a página estaba alojada en un dominio de la organización de defensa de los internautas.

Ahora, con el apoyo de la Fiscalía, el Tribunal Supremo ha admitido a trámite la revisión de esa condena. Con su decisión final sobre el asunto, podrían
quedar determinados unos "límites generales sobre las obligaciones de control, supervisión y censura de contenidos web", según afirma la AI en su página web.

También está en juego, según la AI, si el Supremo define qué o
quién es el órgano competente habilitado por la ley para decidir sobre la ilicitud de unos contenidos, de comunicarlo al proveedor de servicios y, en su caso, capaz para de ordenar su retirada.

La Asociación de Internautas ha pedido además al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas
que se posicione sobre "el ámbito y alcance de la responsabilidad de los prestadores de un servicio de la sociedad de la información por las informaciones o expresiones publicadas en un espacio facilitado por ellos".
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