Tras ocho años de pleitos, la Justicia finalmente ha dado la razón a A. S. P., pese a las continuas intentonas del Ayuntamiento de la capital por librarse de la multa.
Los hechos se remontan a la noche del tres de mayo de 2000, momento en el que este vecino circulaba con su vehículo por el Camino de Ronda en dirección Armilla.
Entonces, el coche cayó en «un gran socavón» que había en los carriles de circulación. La caída en el agujero «destrozó las llantas y neumáticos de las dos ruedas del lado derecho» del vehículo, según consta en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a la que ha tenido acceso 20 minutos.
A raíz del accidente, A. S. P. inició un periplo judicial con el fin de que el Consistorio asumiera su responsabilidad en el siniestro por la existencia del socavón que causó los destrozos en su vehículo. El Ayuntamiento recurrió la demanda alegando que la vía en cuestión era entonces responsabilidad de la Red de Carreteras del Estado, un argumento que no ha convencido al TSJA.
De hecho, el Alto Tribunal subraya en el escrito que, con independencia de la titularidad, no puede justificarse la omisión del deber de mantenimiento de la carretera, por lo que da la razón al demandante casi una década después.
En mal estado
El Consistorio ha aceptado la sentencia y aprobado el pago de la indemnización al propietario, fijada en 818,40 euros, por el «mal estado de la calzada».
El Ayuntamiento dispone de un área que atiende las reclamaciones patrimoniales de este tipo, aunque la mayoría no prosperan por esta vía. El paso siguiente está en los juzgados.
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