La Audiencia Nacional vuelve a absolver a un etarra por falta de pruebas

  • El etarra Urtzi Murueta era sospechoso de perseguir a un juez.
  • Sólo le incriminaba el testimonio de otro etarra, que se ha desdicho.
  • Ya se absolvió a 'Kantauri' de un ataque con granadas por lo mismo.

La Audiencia Nacional ha absuelto por falta de pruebas a Urtzi Murueta, acusado de haber ordenado el seguimiento del juez José María Lidón para asesinarle porque el único elemento incriminatorio era la declaración policial del etarra que hizo las vigilancias, Orkatz Gallastegi, de la que se desdijo en el juicio.

No hay hechos que demuestren inequívocamente la participación de Murueta
La sección tercera de la Sala de lo Penal señala en una sentencia hecha pública este jueves que no existen hechos "de alguna enjundia probatoria" que demuestren "inequívocamente" la participación de Murueta en el atentado contra el magistrado.

No es la primera vez a lo largo de este año que se absuelve a un etarra por falta de pruebas, tal y como sucedió con José Javier Arizcuren Ruiz, 'Kantauri', de estar detrás de un ataque con granadas en marzo de 1987. La Audiencia Nacional resolvió, a principios de este año, que no existían pruebas contundentes contra él, que sí ha sido condenado por otras causas.

El etarra alega "torturas" para desdecirse

Durante el juicio contra Murueta, que concluyó el pasado 28 de noviembre, el fiscal solicitó una pena de 30 años para el etarra, que salió antes de ayer de la prisión de Fontcalent (Alicante), al que acusó de haber sido "cooperador necesario" para cometer el asesinato del juez Lidón, llevado a cabo el 7 de noviembre de 2001 en Getxo (Vizcaya). El Ministerio Público sostuvo entonces que si Murueta no hubiera ordenado a Gallastegi realizar la vigilancia del que fue magistrado de la Audiencia Provincial de Vizcaya "éste no lo hubiera hecho por su cuenta" después de que acusara a Murueta de ser quien le había encargado vigilar al magistrado, aunque posteriormente argumentó que esa declaración fue extraída bajo tortura.

La Sala de lo Penal estima que, aún dando por cierta su declaración policial, "hay un paso que no puede darse" y es la incriminación de Murueta en el atentado porque no se dan otros hechos "mínimamente acreditados" que respalden el testimonio aportado por Gallastegi "sin sombra de duda".

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