Bizkaia subvenciona hasta 44 días de sustitución por maternidad o paternidad de trabajadores agrarios

  • BILBAO, 12 (EUROPA PRESS)
Vacas en Bizkaia
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EUROPA PRESS - Archivo
Vacas en Bizkaia

El departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación foral de Bizkaia subvenciona la contratación hasta 44 días de un trabajador que sustituya en su labor a un operario agrario que esté de baja por maternidad o paternidad.

Además, la institución foral vizcaína dota la contratación por 22 días de un sustituto por accidente o enfermedad del titular de la explotación agraria, y diez días en caso de que el agricultor coja vacaciones.

Según datos de la Diputación vizcaína, recogidos por Europa Press, el plazo de presentación de solicitudes para optar a estas ayudas, dotadas con un total de 71.500 euros, está abierto hasta el próximo 4 de noviembre.

Las ayudas a conceder son para el establecimiento de servicios de sustitución en caso de vacaciones, enfermedad o accidente o maternidad o paternidad, para de esta forma mejorar de las condiciones de trabajo y aumentar la calidad de vida de las personas agricultoras.

MATERNIDAD O PATERNIDAD

Para el servicio de sustitución por maternidad o paternidad, en caso de que la solicitante sea un persona física, el periodo máximo subvencionado será de 44 días naturales, con un máximo de 56 euros por día de servicio prestado. En el caso de que la explotación sea de vacuno de leche, por sus características especiales, el máximo subvencionable ascenderá a 63 euros por día de servicio prestado.

Si se trata del servicio sustitución por enfermedad o accidente, el

periodo máximo subvencionado será de 22 días naturales, con un máximo de 56 euros por día de servicio prestado. Para las explotaciones de vacuno de leche, el máximo subvencionable ascenderá a 63 euros por día de servicio prestado.

Por último, en el servicio sustitución por vacaciones el periodo vacacional máximo subvencionado será de diez días naturales, con un máximo de 40 euros por día de servicio prestado. Para las explotaciones de vacuno de leche, el periodo subvencionable será de 18 días naturales, con un máximo de 63 euros por día de servicio prestado.

En ningún caso se subvencionará más del 100% del coste del servicio prestado y, en aquellos casos que el coste por día del servicio prestado y abonado sea inferior a la cantidad máxima subvencionable, se subvencionará el 100% del coste del servicio justificado.

En el caso de que el coste total justificado del servicio sea mayor que el máximo subvencionable, se subvencionará el importe máximo subvencionable. En ningún caso se subvencionaran sustituciones fuera del año en curso. En el caso de bajas de larga duración que tengan su inicio en ejercicios anteriores, se podrá presentar otra solicitud de ayuda, siempre que no se solapen los periodos a subvencionar.

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