Sánchez opta por innovaciones legales en Cataluña para dejar el 155 como último recurso

  • Antepone la Ley de Seguridad Nacional, aprobada por Rajoy y nunca aplicada.
  • Cambia el recurso ante el Constitucional contra resoluciones del Parlament por incidentes de ejecución de sentencia.
El secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, en el acto político en la Fiesta de la Rosa de los socialistas en Gavà.
El secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, en el acto político en la Fiesta de la Rosa de los socialistas en Gavà.
Toni Albir / EFE
El secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, en el acto político en la Fiesta de la Rosa de los socialistas en Gavà.

El Gobierno asegura que está determinado a aplicar de nuevo el artículo 155 si el Gobierno catalán vuelve a saltarse la ley, pero antes de eso, bien como amenaza o como hecho consumado, ya ha recurrido a dos mecanismos legales, uno totalmente nuevo y otro tan poco utilizado que lo parece. Antes de tener que llegar al extremo de suspender la autonomía si el Govern actúa como lo hizo en 2017, el presidente en funciones, Pedro Sánchez, está dispuesto a aplicar por primera vez la Ley de Seguridad Nacional. Hasta entonces, ya este viernes recurrió una resolución del Parlament del mes de julio ante el Constitucional no mediante un recurso tradicional, sino en forma de "incidente de ejecución de condena", un instrumento más rápido y mucho menos conocido.

Ley sin estrenar

Esta semana, la Ley de Seguridad Nacional se ha asentado en la discusión política, debido a los planes del Gobierno para recurrir a ella como paso previo a un eventual artículo 155. Se trata de una norma aprobada en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy y que nunca se ha aplicado. Dos años después, el antecesor de Sánchez optó por buscar el consenso del PP para poner en pie, también por primera vez, el 155, en la que también ahora habría una novedad: por primera vez se aprobaría su aplicación con las Cortes disueltas, en la Diputación Permanente del Senado en lugar de en el Pleno de la Cámara Alta. El Gobierno insiste en que puede hacerlo porque así lo ha consultado, por tratarse de una situación inédita.

En caso de que fuera necesario recurrir a la Ley de Seguridad Nacional, Sánchez estrenaría por tanto una norma que prevé dar una "respuesta coordinada" entre administraciones públicas, cuerpos y fuerzas de seguridad y también el sector privado en caso de que se declare una situación de "crisis", "de interés para la Seguridad Nacional" que la ley define como "aquella en la que, por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y trasversalidad de las medidas para su resolución, requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes".

Según la norma, tal situación la declararía el presidente del Gobierno mediante un real decreto, donde se definiría su naturaleza, su ámbito geográfico, la duración y también "el nombramiento, en su caso, de una autoridad funcional", así como sus competencias para coordinar todas las actuaciones en las que se requería también la "participación" de las autoridades de la comunidad autónoma afectada.

En este punto, la ley no especifica qué papel debería tener la Generalitat, como autoridad autonómica en Cataluña, si el Gobierno se viera obligado a actuar contra un quebranto de la ley por parte del Gobierno de Quim Torra.

Lo que sí deja claro la Ley de Seguridad Nacional es que su aplicación no supondría la suspensión de la autonomía a diferencia de la consecuencia de aplicar el artículo 155. Igual que entre ambos instrumentos legales existen diferencias, también las hay entre otros dos mecanismos judiciales que tiene a su disposición el Gobierno y entre los que en esta ocasión también ha optado por la innovación.

Impugnación más rápida

En lugar de presentar un recurso al uso ante el Tribunal Constitucional contra las últimas resoluciones del Parlament, que requeriría de un fallo judicial, el Gobierno ha optado por la fórmula del "incidente de ejecución de sentencia", que equivale a notificar al tribunal que, en este caso una resolución de la Cámara catalana, incumple un fallo anterior. Su primer efecto es la anulación de la medida impugnada, en este caso, resoluciones del Parlament.

Este mismo viernes, el Ejecutivo de Sánchez echó mano por primera vez en su mandato de una fórmula que antes se había aplicado, según señaló el ministro de Política Territorial, Luis Planas. "Hasta ahora se ha utilizado muy poco, es la primera ocasión al menos en este Gobierno yo es especialmente importante porque nos evita tener que plantear un nuevo recurso ante el Tribunal Constitucional en relación con un tema sobre el que ya ha sentado doctrina", explicó tras el Consejo de Ministros que este viernes recurrió así una resolución del Parlament del 25 de julio por dos apartados, uno que apoyaba la autodeterminación y otro donde se reprobaba al rey por su discurso del 3 de octubre de 2017.

Con independencia de que Sánchez ha evitar actuar hasta ahora con este posicionamiento del Parlament, el Gobierno avisa así al Constitucional de que la resolución incumple dos sentencias anteriores, una de 2015 contra los primeros pasos de la Cámara catalana para la creación de una república independiente catalana y otra que prohibió la creación de una comisión parlamentaria para investigar a la monarquía.

Además, el Ejecutivo tiene previsto seguir este camino del incidente de ejecución de condena y está a la espera de que el Boletín Oficial del Parlament publique la resolución que aprobó tras la detención de los miembros de los Comités de Defensa de la República para hacer lo mismo con ella.

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