La chica desapareció el 14 de marzo de 2006, 24 horas después de cumplir la mayoría de edad. Tras localizar su cuerpo, la autopsia reveló que la joven estaba embarazada de siete meses, que su asesino trató de provocarle un abortó clavándole un objeto en el periné y que murió asfixiada.
En la sentencia considera a Eduardo autor responsable de un delito de asesinato, con la agravante de parentesco, y otro de aborto en grado de tentativa. Además, le impone una indemnización de 140.000 euros para los familiares de Paloma Luque, la joven fallecida.
Puñalada en la zona púbica
La Sala considera probado que sobre las 20.00 horas del 14 de marzo de 2006, el procesado quedó en recoger a Paloma, "con quien mantenía una relación sentimental y que estaba esperando un hijo suyo". Tras mantener una discusión, el hombre "le clavó un objeto punzante en la zona púbica que le causó un orificio en el periné con una profundidad de 3 centímetros".
Con la intención de causar la muerte de su hijastra, el hombre le golpeó fuertemente en la cabeza con un objeto, lo que le produjo la pérdida de consciencia. Así, le introdujo una especie de pañuelo en la boca, a la vez que la tapaba las fosas nasales. La joven murió de asfixia. Una vez que falleció Paloma y el feto, el procesado se deshizo del cuerpo arrojándolo por una alcantarilla en Perales del Río. El cuerpo apareció días después en la Depuradora Sur de Getafe.
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