El pasado 3 de abril los miembros del jurado popular constituido para juzgar al acusado ya habían acordado por unanimidad declarar al acusado, de 37 años, culpable de un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento.
La sentencia, que ha sido hecha pública hoy, también condena al acusado a la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la pena y a que indemnice con 130.000 euros a los dos hijos de la fallecida, así como con 30.000 euros a una de sus hermanas.
En el escrito, el juez señala que se debe aplicar al reo la circunstancia agravante de parentesco y la atenuante de confesión, recogidas por el Código Penal , ya que fue a la Policía para confesar su delito y condujo a los agentes hasta el cuerpo de su mujer, que de otra forma hubiera sido muy difícil de localizar.
En su dictamen, el jurado señaló que el acusado actuó premeditadamente, "a sangre fría y con desprecio".
El día del crimen no fue a trabajar y llamó a la víctima para llevarla a un lugar "innacesible", en un pareja cercano a una cantera donde la pareja solía mantener relaciones sexuales. Aunque en el momento del asesinato estaban separados, seguían viéndose.
La fallecida, nacida en 1976 en Portugal, ingresó en abril de 2005 en la Red de Casas de Acogida del Principado, donde causó baja voluntaria para regresar ocho meses más tarde y abandonarla otra vez voluntariamente tras una estancia de quince días.
En septiembre de ese año los tribunales habían dictado una orden de protección en favor de Isaura Pascoal que establecía la prohibición a José Carlos Augusto Braga de comunicarse y aproximarse a ella y a su domicilio a menos de 200 metros, medida que fue anulada dos meses después tras la declaración de perdón de la mujer
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