Atalaya reitera que el fallo del TSJA no pone "en cuestión" la "continuidad" del proyecto minero de Riotinto

  • MINAS DE RIOTINTO (HUELVA), 27 (EUROPA PRESS)
MIna de Riotinto.
MIna de Riotinto.
ECOLOGISTAS EN ACCIÓN
MIna de Riotinto.

Atalaya Riotinto Minera, empresa operadora de la mina de cobre de Riotinto (Huelva), ha manifestado este jueves que la firmeza de la sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anula la Resolución de 27 de marzo de 2014 que otorgó, por parte de la Junta de Andalucía, Autorización Ambiental Unificada (AAU) para el citado proyecto minero, "no pone en cuestión la normal continuidad de la actividad minera en el proyecto".

Todo ello después de que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) haya declarado firme la sentencia que anula la Resolución de 27 de marzo de 2014 que otorgó esta autorización por un defecto de forma en cuanto a la participación y la información a la hora de tramitarla.

Según han informado a Europa Press desde la compañía, "es la Administración de la Junta de Andalucía quien ha de solucionar la situación generada por los defectos administrativos en la tramitación de la citada autorización de la mina de Riotinto".

"Todo ello lo hace sin poner en cuestión la normal continuidad de la actividad minera en el proyecto", según insisten desde la empresa Atalaya, para la que "se despejan así las dudas generadas en los accionistas, empleados y, en general, en el ámbito de influencia de la operación que hoy en día representa un importante flujo económico en la provincia" de Huelva, "soportando más de 800 empleos, y que, tras años de abandono, ha llevado a la mina de Riotinto a cumplir con todos los estándares de excelencia en materia ambiental actuales".

Desde la empresa señalan que "esta sentencia de la Sala resuelve un recurso contencioso-administrativo interpuesto también por la organización Ecologistas en Acción, quien, en su búsqueda de un pronunciamiento judicial de paralización completa de la mina, ha estado alegando múltiples deficiencias en el procedimiento administrativo".

Según afirman desde Atalaya, "estas alegaciones no han sido tenidas en cuenta por la Sala, pues el alto tribunal anula la resolución de reinicio exclusivamente por la existencia de un pronunciamiento de ese mismo tribunal que declaraba la anulabilidad de la AAU por un defecto de forma en el procedimiento de información pública, defecto que, según el TSJA, afectaba al derecho de participación de la ciudadanía en la toma de decisiones ambientales".

SUBSANACIÓN DEL DEFECTO

Ante esta situación, "Atalaya y sus asesores legales consideran que queda claro que ha de ser la Administración andaluza quien, a la luz de las diferentes opciones que ofrece la legislación, cumpla los pronunciamientos judiciales y subsane el defecto administrativo que originó la situación jurídica actual".

"La pronta resolución de esta cuestión redundará, sin duda, en beneficio de Andalucía y su imagen como destino atractivo para la inversión por su seguridad jurídica y conformarse como un entorno favorable a la industria responsable y excelente, como es en particular la de la minería metálica andaluza", agregan desde Atalaya.

La empresa también considera que la nueva sentencia "ni pone en cuestión la continuidad del proyecto, ni afecta a los planes que ya conoce la Administración de invertir más de 80 millones de euros en la modernización necesaria para ampliar la actividad productiva".

Por todo ello, aseguran que Atalaya "sigue estando a disposición de todas las partes interesadas, incluyendo administración, organizaciones ecologistas, sindicatos, empleados y ciudadanía en general, para seguir colaborando con transparencia por una minería excelente en los planos ambiental y de seguridad, y seguir así aportando empleo y riqueza a la región de manera sostenible".

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