El Supremo desestima la reclamación de una sociedad sobre la titularidad de unos terrenos en Bolueta que acogen VPOs

  • La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado un auto por el que inadmite el recurso de casación e infracción procesal interpuesto por la Sociedad Bacunayagua S.L. contra la Sentencia dictada el 12 de abril de 2017 por la Audiencia Provincial de Bizkaia que había desestimado el recurso de apelación interpuesto por dicha Sociedad, quien reclamaba la titularidad de unos terrenos en Bolueta que acogen viviendas de protección oficial (VPOs).
Torres de Bolueta, en Bilbao
Torres de Bolueta, en Bilbao
EUROPA PRESS - Archivo
Torres de Bolueta, en Bilbao

En consecuencia, el Supremo declara firme la sentencia en su día dictada por el Juzgado de Primera Instancia no 4 de Bilbao, que rechazó las pretensiones de la Sociedad Bacunayagua, con expresa condena en costas, según ha informado la Sociedad Pública del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, Visesa.

La resolución del Supremo, contra la que no cabe recurso, supone la finalización de un proceso judicial iniciado el 3 de agosto de 2011 contra las empresas Neinor y Visesa, que se amplió posteriormente a Vallerhermoso, Orubide y Sidenor, en el que la demandante afirmaba ser propietaria de una porción de terreno de 6.425,98 m2 en Bolueta.

Sobre parte de dicho solar se han construido 171 viviendas sociales y de Protección Oficial. Tanto el Juzgado de 1a Instancia como la Audiencia Provincial desestimaron la demanda debido a que, como recoge la Sentencia de la Audiencia Provincial, "no se expresa ni el título por el que se adquirió, si su fecha, ni su transmitente; no se identifica el terreno transmitido, ni catastral ni registralmente...".

Durante todo este tiempo, las empresas demandadas han tenido que soportar el coste financiero de la constitución y mantenimiento de los avales exigidos por el Ayuntamiento de Bilbao con la aprobación del Proyecto de Reparcelación de Bolueta, cantidad que asciende a más de 240.000 euros, así como "una campaña mediática para generar un clima de presión con el fin de obtener un rendimiento económico, que como se ha demostrado era infundado", ha indicado Visesa.

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