El Supremo condena a La Manada a 15 años de prisión por "violación" grupal con el agravante de trato vejatorio

Miembros de La Manada.
Miembros de La Manada.
EUROPA PRESS
Miembros de La Manada.

El Supremo ha condenado a 15 años de prisión a cada uno de los cinco miembros de La Manada por un "delito continuado de violación". Y a Antonio Manuel Guerrero a dos más, 17, por el robo con intimidación del móvil de la víctima.

La sala segunda de lo penal del Tribunal Supremo ha avanzado este viernes el fallo de la sentencia tan solo dos horas después de que terminara la vista pública en la que todas las partes del proceso expusieron sus alegatos finales. En los próximos días se hará pública la sentencia firme con toda la argumentación.

El fallo, alcanzado con la unanimidad de los cinco magistrados, estima que los hechos no pueden ser constitutivos de un delito de abusos sexuales con prevalimiento, como decía la sentencia recurrida, sino de un delito continuado de "violación", porque el relato de los hechos describe "un auténtico escenario intimidatorio" en el que la víctima "en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por acusados".

La Policía Nacional procedía a mediodía a la detención de los cinco miembros de La Manada —José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza, Antonio Manuel Guerrero, y Jesús Escudero— que, previsiblemente, cumplirán la condena en la prisión de Sevilla I.

El Tribunal Supremo considera que hubo un "un error" en la calificación de la sentencia previa pero porque consideró las agresiones sexuales un único delito continuado cuando, por la pluralidad de intervinientes y de actos agresivos, la correcta calificación hubiera sido considerar a los acusados "autores y partícipes de una pluralidad de delitos de agresión sexual". Sin embargo, el Supremo ha decidido que no es competente para entrar en este aspecto, que endurecería las penas hasta los 75 años de prisión, porque las partes no lo solicitaron en ningún punto del proceso.

El Tribunal sí ha acordado aplicar dos agravantes específicas, trato vejatorio y violación grupal. Argumenta el trato vejatorio a la víctima con que se produjeron varias penetraciones simultáneas y un "alarde" de los condenados de las prácticas sexuales en los vídeos grabados.

Y respecto al agravante por actuar en grupo, el Supremo precisa, y es importante, que el delito podría haberlo cometido una sola persona de la edad y características físicas de cualquiera de los acusados y la situación intimidante que describe el relato hubiera sido la misma. Según el fallo avanzado por el tribunal, "la superioridad numérica fue aprovechada por los acusados para una mayor impunidad y aseguramiento del delito".

La sentencia también condena a uno de los cinco sevillanos, al Guardia Civil, Antonio Manuel Guerrero Escudero, a dos años más de prisión, hasta hacer un total de 17 años, por el robo con intimidación del móvil de la víctima.

El fallo otorga a la víctima, que en 2016 tenía 18 años, derecho a una indemnización de 100.000 euros, de la que deben responder todos los condenados de manera solidaria. Los condenados tendrán ocho años de libertad vigilada y no podrán acercarse a la víctima en al menos 20 años.

Intimidación y consentimiento

El Tribunal Supremo hace suyo por completo el análisis de la Fiscalía al reconocer que hubo un "auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados".

En una decisión que sienta jurisprudencia, el tribunal resalta que "la situación intimidante" hizo que "la víctima adoptara una actitud de sometimiento", "haciendo lo que los autores le decían que hiciera, ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza".

Miles de personas en las calles de toda España gritaron, una y otra vez, después de cada una de las sentencias del caso de La Manada el lema: "No es abuso, es violación". Ahora, este fallo del Tribunal Supremo lo ha dejado negro sobre blanco.

Consulta la sentencia en PDF


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