Tribunales.-Condenadas once personas entre año y medio y dos años de cárcel por menudeo de drogas en La Algaba

  • La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado este martes a once personas entre año y medio y dos años de cárcel por menudeo de drogas en la localidad sevillana de La Algaba.
Sevilla.-Tribunales.-Condenan a dos agentes de la Policía Local de Cantillana a un año y 8 meses por agredir a un vecino
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EUROPA PRESS - Archivo
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El Ministerio Público inicialmente solicitaba una pena de cinco años y seis meses y una multa de 20.000 euros para E.B.T. y R.A.P. por un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud y una pena de cuatro años y una multa de 12.000 euros para J.V.M., M.S.C, L.R.R., A.R.R., M.G.C., A.A.J., V.R.M., J.T.R. y J.A.P.D.P. por otro delito de tráfico de drogas.

Si bien, tras alcanzar un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía y los letrados que defienden a los acusados, se ha modificado el escrito de acusación del Ministerio Público indicando que concurre el atenuante de dilaciones indebidas en todos ellos, la atenuante de drogadicción en J.A.P.D.P., R.A.P., J.V.M., E.B.T. y M.S.C., así como la atenuante de confesión tardía en L.R.R., A.R.R., J.T.R., A.A.J. y V.R.M.

Por ello, se ha modificado las penas de cárcel así como la multa a imponer a los acusados. En concreto, el Ministerio Fiscal solicita para E.B.T. y R.A.P. una pena de dos años de prisión y una multa de 4.000 euros, con arresto sustitutorio de dos meses en caso de impago, mientras que para el resto de acusados reclama una pena de año y seis meses de cárcel y una multa de 2.000 euros, con arresto sustitutorio de 30 días en caso de impago.

Con todo, el tribunal de la Sección Cuarta, ha dictado sentencia 'in voce' y firme condenando a E.B.T. y R.A.P. a dos años de prisión y una multa de 4.000 euros y a J.V.M., M.S.C, L.R.R., A.R.R., M.G.C., A.A.J., V.R.M., J.T.R. y J.A.P.D.P. a un año y seis meses de cárcel y una multa de 2.000 euros.

Asimismo, la Sala ha decretado la suspensión de las penas privativas de libertad para todos los acusados por un periodo de tiempo en el que se comprometen a no cometer ningún delito. En concreto, suspende la pena de cárcel de E.B.T. y R.A.P. por un periodo de tres años así como la pena de prisión de J.T.R., L.R.R., A.R.R., M.G.C. y A.A.J. Por último, el tribunal ha suspendido la pena por un periodo de tres años con la condición de que realicen cuatro meses de trabajos al beneficio de la comunidad a J.V.M., J.A.P.D.P., V.R.M. y M.S.C.

LOS HECHOS

Cabe destacar que en su exposición de los hechos, la Fiscalía indica que en el curso del 2015, los once acusados "actuando de común acuerdo entre sí", han venido vendiendo dosis de sustancias estupefacientes a terceros "en forma incesante" en la localidad de La Algaba, manteniendo "continuas conversaciones telefónicas" en las que hacía referencia a tal negocio, "siendo además muchos los clientes" los que contactaban con ellos para encargar la compra de la sustancia que en cada momento precisaban.

Así, el Ministerio Público señala que E.B.T. y R.A.P. eran quienes, "repartiéndose entre ambos las ventas en La Algaba", tomaban "las decisiones fundamentales" del negocio, obteniendo a su vez tal sustancia estupefaciente de J.V.M. apodado 'Jonás'. Para este último trabajaba en forma directa M.S.C., el cual ejercía labores de guarda del lugar en el

que se almacenaba parte de la sustancia estupefaciente.

La Fiscalía añade que E.B.T. se encargaba fundamentalmente de la distribución de cocaína y para él trabajaban vendiendo estupefacientes los hermanos L.R.R. y A.R.R., V.R.M. J.T.R. y M.G.C. al igual que A.A.J. que se encargaba de labores de almacenamiento. De otra parte, R.A.P. se encargaba fundamentalmente de la distribución de hachís y marihuana, y para él trabajaba en labores de venta de esos productos J.A.P.D.P. apodado 'el Nen'.

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