Según ha detallado CCOO en un comunicado, la causa mayor referida incluye acontecimientos como el fallecimiento o enfermedad grave de un miembro de la familia hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, accidentes, hospitalización o intervenciones quirúrgicas.
Pero, también, la interrupción del embarazo o en los casos de nacimiento o adopción, para las que el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos prevén el derecho a ausentarse del trabajo por un cierto periodo de tiempo.
Esta sentencia, aunque se dicta para la empresa Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana, recoge una interpretación válida para todos estos permisos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores.
El fallo resuelve una situación que ha venido generando dudas y problemas a la hora de tomarse el tiempo de licencia establecido, especialmente cuando el hecho causante que lo genera empieza en fin de semana.
Se interpretan, así, a favor de la persona trabajadora esos artículos, lo que garantiza que ese derecho sirve para lo que fue creado: dotar del tiempo necesario a la persona trabajadora para que resuelva la situación que atraviesa.
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