El juez obliga a Oriol Pujol a ingresar de nuevo en prisión al revocarle el tercer grado penitenciario

Oriol Pujol acude a la Audiencia Nacional a declarar.
Oriol Pujol acude a la Audiencia Nacional a declarar.
EUROPA PRESS - Archivo
Oriol Pujol acude a la Audiencia Nacional a declarar.

El juzgado de vigilancia penitenciaria número 2 de Barcelona ha estimado un recurso de la Fiscalía y ha revocado el tercer grado de Oriol Pujol, según ha avanzado la agencia de noticias ACN.

El auto, que se puede recurrir, indica que la la clasificación de Pujol en tercer grado penitenciario no se hizo "conforme" al derecho.

La propuesta de tercer grado había sido elevada por decisión unánime de la Junta de Tratamiento de la prisión de Brians 2 a la Secretaría de Medidas Penales, que la había ratificado.

Pujol ingresó voluntariamente en el centro penitenciario barcelonés el pasado 17 de enero para cumplir una condena de dos años y medio de cárcel por el caso de las ITV.

Desde el 29 de marzo podía salir de la prisión durante el día y los fines de semana. Ahora volverá a ser un interno de segundo grado y no podrá salir de la prisión.

La Fiscalía había advertido de que conceder el tercer grado a Oriol Pujol transmitía a la sociedad "un peligrosísimo mensaje de que es rentable delinquir" y de que "la ley no es igual para todos", al no castigarse "con la misma severidad" a los delincuentes con "elevado estatus social" respecto a los "desfavorecidos".

La magistrada argumenta que, teniendo en cuenta que Pujol no había cumplido una cuarta parte de la condena, el tiempo de estudio para decidir la clasificación de tercer grado no fue suficiente, ya que no llegó ni a los dos meses encarcelado. También ve relevante el hecho de que el delito lo cometiese un diputado del Parlament y la repercusión institucional y social que ello provoca.

La jueza cree que no transcurrió "un tiempo mínimo de observación" para obtener un "adecuado conocimiento" del interno, aunque la ley no establece ningún plazo concreto. "No puede afirmarse que se haya cumplido con un periodo razonable de observación que permita al equipo técnico estudiar al interno para poder obtener un adecuado conocimiento del mismo", dice la sentencia.

Teniendo en cuenta que Pujol no había cumplido ni una cuarta parte de su condena, la jueza también remarca que no pudo acceder a los permisos penitenciarios, y por tanto tampoco se ha podido "calibrar su evolución en el exterior".

Circunstancias favorables a Pujol

La resolución reconoce que también hay circunstancias favorables a Pujol, como que era la primera vez que delinquía, que reconoció la culpa, que pagó la multa, que presenta un bajo risco de reincidencia, que su diagnóstico social es positivo y que está integrado familiarmente, con un trabajo como agente comercial. "Pero estos datos no pueden ser determinantes, porque en los informes aportados no se observa que se haya producido durante el escaso periodo de ingreso ningún cambio en los déficits determinantes de su comportamiento delictivo", insiste.

Aunque los informes recogen que Pujol lleva a cabo desde el pasado 19 de febrero un programa de moral y valores con buena predisposición, la magistrada reitera que un mes escaso no es tiempo "suficiente" como para valorar los resultados y determinar si ha habido algún cambio en relación con su conducta delictiva centrada, según los informes, "en la codicia y la posible repercusión en su estatus social y en sus relaciones de poder".

Generó un "gran descrédito en las instituciones"

Es necesario, dice la resolución, que quede acreditada una evolución "suficientemente favorable que permita inferir razonablemente una capacidad para llevar una vida alejada del delito". Teniendo en cuenta que el tratamiento correspondiente no ha concluido, apunta, y que hay "determinados déficits a nivel personal que han de ser trabajados", la jueza ve "prematura" la clasificación en tercer grado y más, teniendo en cuenta que Pujol era diputado en el Parlament, lo que "generó un gran descrédito de las instituciones" y que aprovechó su "privilegiada condición política y actividad pública para cometer los hechos delictivos durante años".

De hecho, recuerda que estas circunstancias hicieron que la Audiencia de Barcelona no le concediese la suspensión de la condena, ya que estas conductas por parte de un representante público "disminuyen la confianza de los ciudadanos en sus instituciones, dañando el propio estado de derecho".

Finalmente, también subraya que la privación penal de libertad no solo tiene como objetivo la reeducación y reinserción del interno, sino también otros fines como la "prevención general y especial, de intimidación al conjunto de la sociedad y al propio delincuente para disuadir de la comisión de nuevos delitos".

Una vez comunicada la decisión del juzgado, Pujol tendrá que volver a prisión inmediatamente.

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