Así se preparan las empresas para el control de horario a empleados que empieza este domingo

<p>Una trabajadora ficha su salida en su puesto de trabajo.</p>
Una trabajadora ficha su salida en su puesto de trabajo.
AGENCIA ATLAS
<p>Una trabajadora ficha su salida en su puesto de trabajo.</p>

Desde este domingo, todas las empresas estarán obligadas a registrar diariamente la jornada de sus trabajadores con el objetivo de confirmar que las horas realmente trabajadas se corresponden con las que están contratadas y evitar así el fraude en el empleo parcial y asegurar que las horas extra son cobradas.

En España, más de 735.000 trabajadores realizan un total de 5,7 millones de horas extra a la semana, de las que más de 2,6 millones (realizadas por más de 346.000 empleados) no son cobradas ni cotizadas, según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), relativos al primer trimestre del año. Multiplicando esas horas impagadas por el coste laboral medio por hora da como resultado unos 55 millones de euros semanales que los empresarios no pagan a sus empleados por esas horas de más realizadas.

Por actividades, el sector del comercio es el que aglutina la mayor cuantía de trabajadores que trabajan más de lo estipulado en su jornada laboral sin percibir nada por ello, un total de 52.500 empleados, que realizan 450.700 horas extra semanales gratis. Por detrás, se sitúan los 48.200 trabajadores de la industria manufacturera (que realizan 347.100 horas extra no pagadas a la semana), seguidos por los 37.800 de actividades profesionales, científicas y técnicas (281.900 horas), y los 37.200 de la educación (256.800 horas).

Empresarios y sindicatos llevan dos meses negociando cómo aplicar el registro de jornada en las empresas, siendo en las pequeñas y medianas (pymes) en las que más dificultades se encuentran.

La directora de Relaciones Laborales de la CEOE, Rosa Santos, asegura que las grandes y algunas medianas empresas (más de 100 trabajadores) ya tienen el sistema implantado, mientras que el resto tiene dudas sobre cuál es la fórmula que más les conviene, teniendo en cuenta sus condiciones particulares.

En qué consiste el registro

El registro obligatorio que las empresas deben tener listo desde este domingo debe incluir el inicio y finalización de la jornada del trabajador, sin perjuicio de la flexibilidad horaria, y se organizará y documentará mediante la negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, por decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores.

En caso de no existir representación legal de los trabajadores, será la empresa quien determine cómo se organizará y documentará el registro de jornada. No obstante, si la empresa estuviese de acuerdo, se puede crear una comisión ad hoc para negociar el sistema de registro o pactarlo con cada trabajador en su contrato de trabajo.

La empresa estará obligada a conservar los registros de jornada de sus trabajadores durante cuatro años y deberán permanecer a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

"Problemas" en pequeñas empresas

Los mayores problemas, explica la CEOE, los podrían tener las microempresas o empresas muy pequeñas, donde estos registros no existen y donde tampoco hay representación sindical. Ahora bien, están igual de obligadas a implantar este registro, que deben negociar con los trabajadores. En el caso de que no haya acuerdo, la patronal recuerda que la obligación última es del empresario.

En este sentido, la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme) ha alertado de las dificultades de las pymes para aplicar al registro de jornada ante las cargas y costes económicos que les supone y las "incertidumbres" relacionadas con su cumplimiento.

Así, Cepyme ha asegurado que las pequeñas y medianas empresas tienen dudas sobre aspectos relacionados con la aplicación del registro de la jornada laboral en situaciones como el teletrabajo, el trabajo por objetivos, el trabajo intelectual, los comerciales, los trabajadores que prestan sus servicios en el domicilio del cliente (mantenimientos, averías, subcontratados), y las empresas con múltiples localizaciones y en distintos husos horarios.

"Esta norma introduce una obligación desproporcionada e innecesaria en el actual sistema de relaciones laborales y va a suponer unos elevados costes para las empresas, especialmente gravosos en el caso de las pymes", ha avisado Cepyme.

Sistemas en función de las empresas

Para la patronal es importante tener en cuenta las casuísticas de cada empresa, con el objetivo de encontrar el mejor sistema, buscando un equilibrio entre la protección de los empleados y la flexibilidad y conciliación, una aplicación cuyo impacto "no es tanto económico sino instrumental".

Por ejemplo, indica Rosa Santos, aquellas empresas que tengan teletrabajadores o empleados que realizan su actividad fuera de la sede, como técnicos o comerciales, deberán buscar otras formas de registro alternativas al documento Excel, como las aplicaciones informáticas.

Los sistemas digitales, como los de rastreo o los de recogida de datos biométricos (reconocimiento facial, del iris o de la huella dactilar), también entrañan obstáculos, explica Santos, algo en lo que coincide con la secretaria de Acción Sindical de CC OO, Mari Cruz Vicente, porque pueden vulnerar la Ley de Protección de Datos.

Para el secretario de Acción Sindical de UGT, Gonzalo Pino, las dificultades esgrimidas por las empresas "son falsas", puesto que ya era obligatorio que contaran con registros de jornada para contabilizar las horas extra o para jornadas parciales.

"¿Es que los empresarios no tienen ya el control de la jornada? ¿O es que un trabajador entra y sale cuando quiere?" se pregunta Pino, quien asegura que lo que no es admisible es que obliguen a los trabajadores a hacer horas extra por encima de lo que establece la ley ni que les muevan la jornada fuera de lo recogido en su contrato.

Con el objetivo de ayudar a resolver todas las dudas de las empresas sobre cómo proceder, el Ministerio de Trabajo publicará este lunes una guía práctica sobre el registro horario de jornada.

Multas a empresas

Con todo, la Inspección de Trabajo comenzará este mismo lunes 13 de mayo a controlar la implementación del registro, levantando en caso de su ausencia un acta de infracción grave, multada con entre 626 y 6.250 euros, en función del número de trabajadores afectados o del volumen de negocio de la compañía.

Según explica la presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ana Ercoreca, en caso de detectarse un fraude en el pago y cotización del tiempo de trabajo, se levantará un acta de infracción grave y una de liquidación del periodo no ingresado a la Seguridad Social, con un recargo en función del tiempo de demora.

Sin embargo, fuentes del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social sostienen que Inspección de Trabajo no multará inicialmente a aquellas empresas que carezcan del registro horario de jornada a partir de este domingo, siempre y cuando demuestren que están negociando su implantación con los representantes de los trabajadores o que prueben, de buena fe, que están trabajando en ello.

De hecho, la ministra de Trabajo en funciones, Magdalena Valerio, ha llamado a las empresas a cumplir "sin agobios" pero "con seriedad" esta medida, y ha subrayado que la Inspección actuará desde el día 13 "con cabeza, mesura y sentido común".

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