Liberbank aprueba la reelección de Menéndez como consejero y un dividendo del 20% del beneficio

  • La junta general de accionistas de Liberbank ha aprobado la reelección de Manuel Menéndez como consejero ejecutivo por un periodo de cuatro años y la distribución de un dividendo por importe del 20% del beneficio consolidado del grupo.

Asimismo, ha aprobado la reelección de su presidente no ejecutivo, Pedro Rivero, como consejero externo independiente, y de Deloitte como auditor de cuentas de la entidad y de su grupo consolidado por el plazo de un año, es decir, para auditar las cuentas anuales del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2019.

También se ha reelegido a los consejeros Jorge Delclaux Bravo, consejero externo independiente; María Encarnación Paredes Rodríguez, consejera externa dominical; Felipe Fernández Fernández, consejero externo dominical; Davida Marston, consejera externa independiente; María Luisa Garaña Corces, consejera externa independiente; Ernesto Luis Tinajero Flores, consejero externo dominical; Luis Masaveu Herrero, consejero externo dominical, y Cacexcan (representante Víctor Manuel Bravo Cañadas) como consejera externa dominical.

Respecto al dividendo, la junta ha aprobado la distribución de un dividendo en efectivo de 22 millones de euros con cargo al ejercicio 2018, en el que el beneficio neto ascendió a 110,01 millones de euros, lo que supone un pay-out del 20%.

Por otro lado, se ha aprobado la reducción de capital social de 516.000 euros mediante la amortización de 25,8 millones de acciones propias que se encuentran en autocartera y la delegación de facultades en el consejo para fijar las condiciones de la reducción, incluyendo la facultad de dar nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales (el que fija el capital social de la entidad y su número de acciones) y de solicitar la exclusión de la cotización y la cancelación de los registros contables de las acciones que sean amortizadas.

Asimismo, se ha acordado facultar al consejo de administración para emitir, "en una o varias ocasiones" y por un plazo máximo de cinco años, obligaciones convertibles en nuevas acciones de la entidad u otros valores análogos que puedan dar derecho a la suscripción de acciones, con expresa atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas y de aumentar el capital social en la cuantía necesaria para atender la conversión.

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