Una sentencia reconoce el derecho a indemnización al personal investigador con contrato predoctoral

  • La Universidad de Santiago de Compostela condenada al pago de la indemnización.
  • La decisión responde a una demanda de CCOO.
Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago
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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia que reconoce el derecho a indemnización por cesamiento o finalización de contrato del personal investigador con contrato predoctoral de la Universidad de Santiago de Compostela (USC).

Esta sentencia es la primera en este ámbito y responde a una demanda de CCOO. Según ha informado en un comunicado el sindicato es una reivindicación histórica de los jóvenes investigadores y de el movimiento sindical. Contra esta sentencia sólo cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Los servicios jurídicos del sindicato solicitaban que los contratados predoctorales que accedieron mediante la orden del 2 de agosto de 2013 de la Consellaría de Educación tuviesen derecho a una indemnización equivalente a la del despido objetivo. Su premisas pasan por 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades, o subsidiariamente, de 10, 11 o 12 días por año de servicio, prevista para el contrato de obra o servicio determinado.

El colectivo representado por CCOO firmó contratos temporales para tareas de investigación en el ámbito de un proyecto específico y novedoso, con la condición de personal investigador predoctoral en formación.

Los contratos se firmarón bajo la forma de contrato temporal predoctoral, a tiempo completo, anual y prorrogable, y derivan de la normativa para la contratación de personal pactada con el comité de empresa, explica el sindicato.

El TSXG acordó formular una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para aclarar si la normativa aplicada podía constituir una discriminación entre el personal temporal y el indefinido.

Tras la resolución del tribunal europeo, el tribunal autonómico estimó parcialmente la demanda de los servicios jurídicos de CCOO y ahora ha sentenciado que este colectivo tiene derecho a percibir al final del contrato "la indemnización fijada en el artículo 49,1,c del Estatuto de los Trabajadores, en la cuantía que corresponda",

Además de condenar a la Universidad de Santiago al pago de la indemnización, dicho artículo fija la indemnización en 12 días de salario por año de servicio o la cuantía proporcional si el período trabajado fue inferior.

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