AN admite el informe de técnicos del CSN que urge limpiar cuanto antes radioactividad en Palomares

  • La Audiencia Nacional (AN) ha aceptado como prueba el informe remitido al Congreso de los Diputados por los técnicos del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) en el que se insta a que se "analice, y, en su caso, se rehabilite cuanto antes" la zona contaminada con radioactividad en la pedanía de Palomares, (Cuevas del Almanzora, Almería) para evitar "efectos inaceptables en las personas y en medio ambiente".
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En su auto, consultado por Europa Press, la Sección Séptima admite, en contra del criterio de la Abogacía del Estado, la documental procedente de Asociación Profesional de Técnicos en Seguridad Nuclear y Protección Radiológica del Consejo de Seguridad Nuclear (Astecsn) propuesta por Ecologistas en Acción en el marco del procedimiento impulsado para obligar al CSN a que fije un plazo para ejecutar el Plan de Rehabilitación de Palomares que se aprobó en 2010.

La Abogacía del Estado se opuso a que se ampliasen los hechos objetos de la demanda con este informe, algo a lo que se aviene la Audiencia Nacional que lo admite como prueba documental, al considerar que "no dejan de ser manifestaciones de una asociación en un ámbito parlamentario, que carecen de relevancia para la decisión del pleito".

También se negó, en otro recurso anterior, a que se investigara el envío de 1,5 toneladas de material radioactivo a la zona en 2016 procedente del Ciemat pero la sala se negó y la práctica de prueba al respecto ha revelado que fueron casi seis toneladas de material radioactivo trasladado desde 2011 y depositado en contenedores y en un almacen del laboratorio que el Ciemat tiene en la zona 3 bajo vigilancia radiológica, en el núcleo urbano de Palomares.

No obstante, después pidió la práctica de prueba sobre el asunto y la Audiencia Nacional la admite en este auto de 27 de marzo en el que incorpora a la causa el informe de los técnicos del CSN.

En el citado informe, los técnicos entienden "que siempre será mejor tener los residuos embidonados y almacenados, aunque sea allí mismo, que dispersos por el medio ambiente como llevan más de 50 años" sostienen los técnicos, que añaden la limpieza de estos terrenos, que abarcan unas 50 hectáreas, "debe realizarse sin estar subordinada a la existencia o no de un acuerdo con terceros para que EEUU se haga cargo o no de los residuos".

Al hilo de esto, indican que la "evolución" de los "radionucleidos Pu-239, Pu-240, Pu-241, así como la aparición de Am-241, generado a partir del Pu-241", tiene como consecuencia la "modificación del efecto radiológico, tanto en las personas como en el medio ambiente, debido a un comportamiento más dispersable a medida que van pasando los años".

Con fecha de 17 de diciembre y realizado en respuesta a varias preguntas que se formularon por parte de miembros de la Ponencia para las relaciones con el Consejo de Seguridad Nuclear del Congreso, critican que en Palomares se hayan tomado "medidas sin la debida transparencia y sin sustentarse en informes públicos" y afirman que, si estos "existen, se mantienen en secreto, lo cual crea desconfianza e inseguridad en la población afectada".

Los técnicos señalan, asimismo, que resulta "significativo" que el CSN "conozca" los análisis de contaminación y dosimetría interna efectuados en la población de Palomares en los últimos 50 años y que los resultados generales de dichos análisis "que han debido tenerse en cuenta en las evaluaciones efectuadas por el regulador, se mantengan secretos y no disponibles cuando son la base para la toma de decisiones y justificación de cualquier medida que se quiera adoptar, tales como trabajos de limpieza y almacenamiento de residuos".

Apuntan, en esta línea, que el CSN "debe de poner sobre aviso a las autoridades competentes acerca de los riesgos radiológicos e instar y recomendar las acciones pertinentes" y que el Estado "debe proteger a su población en consecuencia y almacenar temporal o definitivamente los residuos".

Ponen como ejemplo de actuación sobre terrenos contaminados con población el que se realizó en las Islas Marshall motivado por los ensayos nucleares llevados a cabo allí por EEUU y donde las actuaciones de restauración y limpieza "se realizaron con transparencia y participación activa de la población afectada".

"Cuanto mayor sea la transparencia, más obligadas estarán todas las partes a tomar una decisión cuanto antes. Los informes y los datos que soportan las decisiones y las medidas a adoptar deben ser públicos y sometidos a una revisión científica. El papel del CSN, como único organismo competente en protección radiológica, resulta fundamental para liderar y garantizar dicho proceso de forma pública, abierta y transparente", remarcan.

QUE ENRESA ASUMA LA TITULARIDAD DE LOS TERRENOS PARA LA LIMPIEZA

Los técnicos del CSN, que ven Palomares como un "problema de Estado", consideran que es el pleno quien debe "instar y supervisar" al Ciemat a aplicar el plan de restauración aprobado por el propio CSN y que, en caso de que el Ciemat no pueda o no quiera realizar esa tarea, el Gobierno "deberá tomar las medidas necesarias para que Enresa asuma la titularidad de los terrenos y ponga en marcha un plan de limpieza y restauración".

A raíz de este informe, Ecologistas en Acción solicitó que se tuvieran en cuenta los planteamientos de la Astecsn sobre la solución técnica que considera "mas adecuada" para solucionar el problema de Palomares ya que "coinciden plenamente, en todos sus puntos", con la demanda presentada por el colectivo conservacionista.

A lo largo del procedimiento, la Abogacía del Estado ha reconocido que el volumen de tierra contaminada con radioactividad a limpiar ha variado con respecto a lo previsto en el plan de rehabilitación aprobado en 2010 para la zona, pero ha negado que esto se deba a una modificación de los criterios radiológicos.

Ecologistas en Acción sostiene, sin embargo, que el CSN, en sesión celebrada el 22 de julio de 2015, "modificó los criterios radiológicos a aplicar en Palomares y redujo la cantidad de tierra a tratar y tamizar de 50.000 metros cúbicos a 28.000 metros cúbicos aproximadamente", y, después, firmó el acuerdo para el traslado y almacenamiento de los residuos generados con EEUU, que habría condicionado la rúbrica a estos cambios "por motivos políticos, sin base científica".

La Abogacía del Estado argumenta, sin embargo, que en el transcurso del tiempo "se ha dispuesto de datos y medios para considerar situaciones más realistas, frente a las estimaciones más conservadoras utilizadas inicialmente para determinar los valores de concentración de actividad (niveles derivados) y que esto "incide en el volumen de tierra a retirar, sin que se haya producido modificación alguna en el nivel de intervención de 1mSv/año, valor mínimo" de radiación a percibir por la población.

La Abogacía del Estado ha admitido, asimismo, en la causa la "imposibilidad" tanto de poner en marcha "actualmente" la rehabilitación de los terrenos contaminados como de "fijar un plazo" para la ejecución del plan ya que éste tiene carácter "preliminar".

Reconocía, en esta línea, que la "ayuda" de EEUU para la gestión de los residuos radiactivos generados por la restauración de terrenos contaminados es de "importancia primordial para dar solución definitiva a este problema", ya que España "no tiene instalaciones para el almacenamiento definitivo de estos materiales contaminados con plutonio".

Por último, afirmaba que, con la expropiación de tierras y el vallado, se "garantiza que actualmente no se supera la dosis" legal y que la actividad radiactiva en el exterior del vallado "tiene valores de concentración que no ha requerido establecer restricciones ya que su impacto radiológico no se considera significativo".

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