El Gobierno flexibiliza la obligación de financiar obra europea para pequeños operadores audiovisuales

  • El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para "flexibilizar la regulación que establecía que los prestadores de servicios de comunicación audiovisual debían forzosamente contribuir a financiar anticipadamente la producción europea de películas, series y documentales con el 5% de sus ingresos".
Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
Marta Fernández Jara - Europa Press
Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Así lo ha anunciado este viernes 5 de abril la portavoz del Gobierno y ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en el Palacio de La Moncloa.

"Lo que hace este Real Decreto es flexibilizar esta cuantía que era obligatoria para aquellos prestadores de servicios de comunicación audiovisual que son de escaso tamaño y que a veces tienen grandes dificultades para cumplir con esa obligación del 5%", ha explicado.

La obligación de financiación anticipada de la producción de obras europeas se recoge en el artículo 5.3 de la Ley 7/2010, de 31 de

marzo, General de la Comunicación Audiovisual, que establece que los prestadores obligados han de contribuir a la financiación anticipada de la producción europea de determinadas obras audiovisuales con el 5% de los ingresos devengados en el ejercicio anterior, conforme a su cuenta de explotación (6% para los prestadores de titularidad pública).

Asimismo, una parte de este porcentaje está destinada a películas cinematográficas y, dentro de éstas, para la producción en alguna de las lenguas oficiales en España y para las obras de productores independientes.

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