La sentencia del juzgado de primera instancia número 12 considera demostrado que el fallecido mantuvo "una relación sentimental prolongada en el tiempo" con la demandante V.A.G., fruto de la cual la colocó en la empresa de un amigo "para que tuviera un trabajo remunerado", y le entregaba regularmente cantidades de dinero, en metálico o mediante cheques.
Así, explica que un compañero de trabajo de la demandante confirmó la "relación sentimental prolongada" que mantuvieron y que el fallecido "intercedió" para colocarla en una empresa, lo que son "indicios serios de que la relación no era meramente pasajera o esporádica".
El juez, por tanto, ordena pagar el último cheque al portador presentado a cobro, por importe de 30.000 euros, contra la cuenta personal del fallecido, pero no otros dos talones de 2.000 y 3.000 euros que el hombre también entregó a su amante pero con cargo a la cuenta bancaria de su empresa. En este caso, entiende el juez que el fallecido "no tenía ningún poder de disposición" sobre dicha cuenta, en la que solo estaban autorizados sus hijos como copropietarios, por lo que su entrega "no resulta hábil o eficaz para transmitir la propiedad del dinero".
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