Sí, algunas multas de velocidad de la DGT son 'ilegales'

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA
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Los radares son cada vez más precisos y sus mediciones, más exactas. Así, aunque intentemos aplicar la Regla del siete para evitar una multa o nuestros pasajeros busquen sin descanso el radar móvil del que escapar, la verdad es que es muy difícil que no te pillen si te estas saltando las normas, pues estos sistemas que habitan en gran parte de las carreteras de España se caracterizan por ser muy efectivos. Sin embargo, y para fortuna de algunos sancionados, el margen de error establecido hasta ahora no estaba bien aplicado y numerosos usuarios han estado recibiendo sanciones que no les correspondían.

En base a algunas sentencias judiciales que han puesto de manifiesto desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA), la Dirección General de Tráfico (DGT) lleva, desde el pasado mes de febrero, anulando o reduciendo multas económicas y, también, retrayéndose en la anulación de puntos por exceso de velocidad. De hecho, solo en el último año, la AEA ha recurrido más de un centenar de sanciones, que le han llevado a ganar en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Pontevedra la denuncia de los márgenes de los radares españoles.

Ahora, la DGT deberá ajustar los mismos para evitar que cientos de conductores reciban sanciones injustas que no se amolden a lo establecido en los códigos de seguridad vial; y revisar aquellos casos donde se hallan producido errores. Para ello, y según lo establecido por el juzgado gallego, debe corregirse en cada caso "la velocidad detectada por el radar, aplicando a la baja el índice máximo de error admisible", según la Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre.

Así, el margen de error establecido (y el que se debe aplicar) dicta que si la velocidad del vehículo captada por el radar es igual o inferior a 100 km/h, se deben restar 5 km/h si la medición se realizó en una posición estática y 7 km/h si se efectuó desde un vehículo en movimiento.

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