La UE sentencia que España infringió el derecho comunitario en la OPA a Endesa

  • Al no retirar las condiciones impuestas a la alemana.
  • Es la primera vez que la UE se pronuncia al respecto.

El Tribunal de Justicia de la UE sentenció hoy que España infringió el derecho comunitario al no retirar las condiciones impuestas para la adquisición de Endesa por parte de E.ON.

Ésta es la primera ocasión en que la corte con sede en Luxemburgo se pronuncia sobre la disputa entre Madrid y Bruselas por los obstáculos de las autoridades españolas a la entrada de E.ON en Endesa.

La razón, para la Comisión Europea

La corte dio la razón a la Comisión Europea y dejó claro que el hecho de que E.ON retirara su oferta por Endesa no eximía a España de cumplir las decisiones de Bruselas, que le había exigido que suprimiera las restricciones ilegales.

Los jueces europeos, contra cuya sentencia no cabe recurso, no evalúan si las medidas controvertidas estaban justificadas por el objetivo de garantizar la seguridad energética nacional, como argumenta España, y recalcan que un Estado miembro no puede defenderse de un recurso por incumplimiento aduciendo la ilegalidad de la decisión.

En enero de 2007, el Gobierno español dejó claro a la CE que no retiraría los requisitos a la opa de E.ON sobre Endesa, a lo que Bruselas respondió recordando su obligación de hacer cumplir la legislación comunitaria y con la amenaza de abrir a España un proceso de infracción.

Las medidas controvertidas impuestas a la alemana fueron:

  • Mantener la marca Endesa durante cinco años.
  • No vender en ese plazo los activos eléctricos fuera de la España peninsular.
  • Utilizar sólo carbón de producción nacional.
  • No adoptar decisiones estratégicas que puedan afectar a la seguridad del suministro contrarias al ordenamiento legal español.
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