Tribunales.- Ediles de CSSP creen nulas las primarias en Podemos Andalucía en 2016, que el partido defiende

  • El Juzgado de Primera Instancia número 17 de Málaga ha celebrado el juicio por la demanda presentada por dos ediles de CSSP en la que piden la nulidad del proceso de primarias en Podemos Andalucía en 2016, del que salió la dirección encabezada por Teresa Rodríguez, al entender que se vulneraron derechos y no hubo las garantías necesarias. Por su parte, el fiscal ha pedido que se desestime la demanda, igual que la formación morada, que defiende que hubo una actuación "transparente".
Ciudad de la Justicia de Málaga. Fachada
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EUROPA PRESS
Ciudad de la Justicia de Málaga. Fachada

El juicio ha quedado visto para sentencia, después de que las partes hayan expuesto sus respectivos argumentos y tras la declaración de tres personas como testigos. Este proceso de primarias se desarrolló en noviembre de dicho año y llevó a la celebración de la II Asamblea, de la que salió la dirección encabezada por Rodríguez.

Los concejales de CSSP en Mijas y Fuengirola Francisco Martínez Ávila y Pedro Pérez Blanes, respectivamente, presentaron una demanda "no sólo por quebranto de las normas internas del partido antes y durante la celebración de la asamblea", sino también "por vulneración de derechos fundamentales", según ha explicado el letrado Jordi Ventura en el juicio.

Así, ha indicado que "ha quedado probado", con las declaraciones de dos testigos, la "inexistencia" de respuestas por parte del comité de garantías a las "numerosas" quejas presentadas por inscritos en Podemos por "la imposibilidad" de Rodríguez de ser candidata por doble militancia, "al ser dirigente de Izquierda Anticapitalista", y por "situaciones de acoso y 'mobbing'"; cuestiones estas que "afectaban al debate interno" y que "no fueron resueltas".

El letrado ha insistido en que se dieron situaciones "de acoso y derribo" y "maniobras internas" para que "ciertos sectores al parecer del grupo anticapitalista" llegaran al poder y "apartaran a otras posiciones", ante lo que "no hubo respuesta alguna" y "sin que se actuara por parte de los órganos competentes de Podemos"; unas "deficiencias orgánicas que suponen un quebranto" de los estatutos de la formación y también de la ley de partidos.

Por su parte, el abogado de Podemos ha negado en primer lugar la legitimidad de los demandantes para iniciar este proceso judicial, al "no haber pruebas de que en ese momento estuvieran inscritos" en el partido, apuntando que en el juicio ha quedado "claro" que la comisión de garantías de Andalucía fue disuelta, pero que los asuntos pasaban a resolverse en la que existía a nivel estatal, que "estuvo velando por las garantías antes y después de la II Asamblea".

Respecto a las quejas por la doble militancia de Rodríguez, el letrado ha dicho que existía en ese momento un comité electoral ante el que se tenía que haber presentado, aunque ha señalado que un testigo ha declarado que no le consta que hubiera reclamaciones en ese sentido; por lo que no hubo "un agotamiento de las vías" existentes y, por tanto, "no hubo vulneraciones ya que no existió un vacío de garantías".

Sobre las quejas de acoso, ha expresado, también en virtud de lo declarado por ese testigo, que "no se entró a resolver" el caso de la que era secretaria general en Jaén, Trinidad Ortega -que ha testificado en el juicio- "porque había tintes penales" y en esos casos la comisión de garantías no se pronuncia hasta que hay una resolución, que "finalmente no se le facilitó" a dicho organismo interno.

Por su parte, el fiscal ha pedido que se desestime la demanda, precisando que hablar de vulneración de derechos "es una interpretación excesiva". Ha advertido de que "no se ha abierto un proceso de carácter general" sobre la formación morada sino de determinar unos hechos y ha dicho que la queja sobre la situación de militancia de Teresa Rodríguez "no es la impugnación del acuerdo de la convocatoria de la asamblea".

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