Además, se ha acordado la imposición de varias sanciones accesorias determinadas contempladas en el artículo 156 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, entre las que destaca la imposibilidad de obtención durante un año de préstamos, subvenciones o ayudas públicas en materia de medio ambiente.
El Consejo de Gobierno también ha acordado la imposibilidad de hacer uso del distintivo de calidad ambiental de la Administración de la Junta de Andalucía, si lo tuviera, por un período de dos años, que es el mínimo especificado legalmente.
Del mismo modo, se impone la obligación no pecuniaria de hacer a ambas empresas mercantiles, para la debida restitución del ordenamiento jurídico infringido de dar cumplimiento a la autorización ambiental integrada.
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