Tribunales.- Sentencia contra el Ayuntamiento de Lora por "vulnerar" los derechos del edil escindido de Cs

  • SEVILLA, 28 (EUROPA PRESS)
El alcalde de Lora en rueda de prensa
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El alcalde de Lora en rueda de prensa

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis de Sevilla ha ordenado al Ayuntamiento de Lora del Río, gobernado por Antonio Miguel Enamorado (PP), que facilite al concejal no adscrito Fidel Prieto Romero la información que había solicitado respecto al Libro Registro de Entrada y Salida de documentos, considerando que su "inactividad" ante esta petición de información ha supuesto una "vulneración" de los derechos del edil.

En su sentencia, emitida el pasado 18 de diciembre y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial aborda un litigio promovido por el edil de Lora Fidel Prieto Romero, escindido de Cs el pasado verano, "contra la inactividad" del Ayuntamiento ante su solicitud de acceso a la documentación del Libro Registro de Entrada y Salida del Consistorio comprendida entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de tal año, bajo la premisa de que "dicha inactividad constituye una palmaria violación del derecho fundamental contemplado en el artículo 23 de la Constitución Española, en relación con el derecho de los concejales a la información necesaria para el desempeño de sus cargos".

Frente a ello, y según figura en la sentencia, el Ayuntamiento de Lora del Río alegaba que se trataba de "una solicitud genérica" en la que "no se especifica qué es lo que se quiere ver" y que no se trataba de "un acceso limitado, concreto y detallado".

PETICIÓN "CONCRETA Y DETERMINADA"

En ese sentido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis determina que la petición de documentación cursada por el concejal es "concreta y determinada, sin que pueda considerarse genérica como entiende la administración demandada", constatando que "pasaron cinco días desde la solicitud sin que se respondiera a lo solicitado, por lo que había que entender estimada" la petición, toda vez que "no consta que, pese a que se le reconoció el acceso al citado Libro por silencio positivo, se haya puesto de forma efectiva a su disposición".

"El Libro Registro de Entradas y Salidas no es sino un libro en el que se procede al asiento y numeración de todo escrito o comunicación que sea presentado o que se reciba, así como de la salida de los escritos o comunicaciones oficiales dirigidas a otros órganos o particulares, de forma que lo solicitado no supone el acceso a un gran número de expedientes, sino sólo al Libro Registro de Entradas y Salidas y habiéndose determinado un período concreto", razona el juzgado, zanjando que la petición del concejal no adscrito Fidel Prieto "tiene cabida en el derecho de acceso a la documentación que ampara a los representantes públicos para el ejercicio de sus funciones, puesto que supone un mero acceso a la documentación/información obrante en archivos y registros".

Dado el caso, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis declara "vulnerado" el derecho el derecho del citado edil y ordena al Ayuntamiento de Lora que le "facilite" el acceso a la documentación solicitada, imponiéndole además las costas del litigio.

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