Tribunales.- Condenan a un odontólogo a pagar 72.200 euros a una paciente por mala praxis en un tratamiento

  • El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Marbella (Málaga) ha dictado una sentencia en la que condena a un odontólogo de dicha localidad a indemnizar a una paciente con la cantidad de 72.266 euros por deficiente tratamiento odontológico.

Así lo han asegurado desde la Asociación El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos, a través del letrado Damián Vázquez, presentaron la demanda, que ahora ha sido estimada totalmente en una sentencia, que de momento no es firme.

Se trata de una mujer malagueña de 50 años, que acudió a una clínica donde fue atendida por el odontólogo demandado, el cual le indicó que se debía realizar diez implantes, dos elevaciones de seno maxilar externo y una prótesis implantosoportada.

El 19 de mayo del 2010 proceden a realizarle dicho tratamiento odontológico, con dos elevaciones de seno maxilar, y posteriormente en 2012 le colocaron nueve implantes, en lugar de los diez que inicialmente le fueron presupuestados, siguiendo la paciente mientras con una prótesis removible, han manifestado. También colocaron prótesis sobre implantes superiores.

El odontólogo le indicó en ese momento que la iba a seguir atendiendo en su clínica dental. Así, continuó el tratamiento y le realizó una explantación de algunos implantes, un curetaje perimplantario, más láser y una radiografía digital intraoral, han señalado desde el colectivo.

Mientras tanto presentó numerosos problemas con proceso infeccioso que padecía alrededor de los implantes y se le fueron cayendo varios de ellos. Según indica el abogado Damián Vázquez de la Asociación El Defensor del Paciente, "se trata de una de las condenas más altas en casos de negligencia médica odontológicas, ya que se estima completamente la demanda".

Al respecto, el colectivo ha indicado que, según la sentencia del juzgado, quedan acreditadas "las molestias, sufrimiento, caídas de implantes, falta de seguimiento adecuado, dolor insoportable, dificultad para comer, problemas oclusión mandíbula, etcétera"; todo ello "en perjuicio de la paciente, por un tratamiento odontológico que ha resultado completamente fallido".

Así, han manifestado que dicho tratamiento causó a la paciente "secuelas físicas y psicológicas, además de haber pagado por el tratamiento la cantidad de 18.140 euros, que la sentencia obliga a devolverle también".

La sentencia reconoce la existencia de negligencia médica indicando que el consentimiento informado "no fue correcto", así como siguiendo el dictamen pericial, apunta que "después de colocar una prótesis sobre implantes hay que hacer un control y seguimiento para comprobar que todo funciona bien, que la oclusión (mordida) es correcta, pues un mal ajuste de la oclusión puede llevarnos a problemas de reabsorción ósea como presentaba la paciente".

Al respecto, se apunta que el seguimiento "fue incorrecto, pues en este caso improcedentemente y con una importante demora se vio a la paciente al año y tres meses, de haberlo hecho antes, como resulta preceptivo, se hubiera evitado la gran reabsorción ósea que presentaban los implantes y que se apreciaba en la radiografía de control de noviembre de 2013, infringiéndose la lex artis at hoc".

El letrado Damián Vázquez también ha insistido en su demanda, según la pericial aportada, "en la dejadez y falta de seguimiento en el tratamiento odontológico por parte del doctor, pues una vez que los implantes se iban cayendo, el odontólogo pudo reintervenir a la paciente", por lo que "existe otra nueva omisión en el deficiente tratamiento odontológico realizado".

"Cuando empezó a perder implantes, no se le dio ninguna alternativa de tratamiento y se dejó a la paciente en la situación que actualmente tiene en la boca, con solo dos implantes sujetando una prótesis removible, lo que ha supuesto un verdadero calvario que le ha afectado de forma importante su vida", han asegurado desde El Defensor del Paciente.

La indemnización se concede por la alteración de la oclusión, síndrome depresivo, perjuicio estético, incapacidad temporal, y gastos médicos en la cantidad total de 72.266 euros. Se le condena por no realizar un seguimiento adecuado del tratamiento odontológico a la paciente.

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