La Dirección General de Tráfico (DGT) quiere prohibir que los patinetes eléctricos circulen por las carreteras y sentará para ellos un límite de velocidad de 25 km/h, además de exigir un certificado específico diferente del permiso de circulación de otros vehículos tradicionales, como coches y motos.
Estas novedades están incluidas en un real decreto de medidas urbanas de tráfico que modifica los reglamentos generales de circulación y de vehículos, y que la DGT planea sacar a la luz en el primer semestre de este año.Vehículos de movilidad personal
El último borrador de ese texto, al que tuvo acceso Servimedia, es el primer proyecto de norma de rango estatal que define qué son vehículos de movilidad personal, esto es, aquellos "de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h"."Sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autobalance. Se excluyen de esta definición los vehículos sin sistema de auto-balanceo y con sillín, los vehículos concebidos para competición, los vehículos para personas con movilidad reducida y los vehículos con una tensión de trabajo mayor a 100 VCC o 240 VAC”, añade.Por tanto, los vehículos de movilidad personal no están considerados vehículos a motor. Los patinetes eléctricos son los más populares, pero no los únicos, ya que también se incluyen en esta categoría segways, minisegways, monociclos eléctricos, hoverboards, hoverkarts y monopatines.
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