Condenan a una compañía aérea a indemnizar a cuatro viajeros por la cancelación de su vuelo con origen Palma

  • El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia ha condenado a una compañía aérea a indemnizar con 2.850 euros a cuatro viajeros por la cancelación de sus vuelos, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
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EUROPA PRESS - Archivo
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Los viajeros adquirieron billetes de avión a la compañía aérea demandada para viajar el día 8 de agosto de 2017 desde el aeropuerto de Son San Joan (Palma de Mallorca) hasta el aeropuerto de Alicante-Elche. La salida estaba prevista a las 8.35 horas y la llegada al destino a las 9.40 horas.

No obstante, aproximadamente media hora antes de la hora prevista de salida, se informó de la cancelación del vuelo, por lo que los viajeros fueron reubicados en otro vuelo con salida a las 8.05 horas del día siguiente, 9 de agosto de 2017, con escala en el Aeropuerto de El Prat-Barcelona y salida a las 10.30 horas del 9 de agosto de 2017.

Llegaron al destino, en Alicante, más de 24 horas después de la fecha contratada y, además, con una escala imprevista. Los denunciantes buscaron alojamiento para la noche del 8 de agosto de 2018 teniendo que afrontar una serie de gastos inesperados tanto de alojamiento como en desplazamiento y dietas, ascendentes a un total de 675,54 euros.

Los cuatro viajeros interpusieron una demanda de juicio verbal contra la compañía reclamando el pago de la cantidad de 1.675,54 euros. La demanda fue admitida pero se declaró en rebeldía a la compañía y no se celebró la vista.

En la sentencia, el Juzgado esgrime el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de vuelos.

En concreto, el Juzgado recuerda que "los pasajeros de los vuelos retrasados pueden invocar el derecho a compensación cuando llegan al destino final tres o más horas después de la hora de llegada inicialmente prevista por el transportista aéreo".

En este sentido, el Juzgado condenó a la compañía aérea a pagar la cantidad de 1.675,54 euros a los denunciantes, más el interés legal del dinero de la cantidad objeto de condena desde la fecha de interposición de la demanda y aumentado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia. En concreto, a tres de los viajeros les correspondían 250 euros y al cuarto 925,54 euros.

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