El TSJM rechaza paralizar Madrid Central y pide a Ayuntamiento y Comunidad que trabajen juntos por el "interés general"

Vista de la Gran Vía el primer día de la entrada en vigor de Madrid Central.
Vista de la Gran Vía el primer día de la entrada en vigor de Madrid Central.
JORGE PARÍS
Vista de la Gran Vía el primer día de la entrada en vigor de Madrid Central.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado denegar las medidas cautelares solicitadas por el PP en el Ayuntamiento de la capital y por el Gobierno de la Comunidad con el fin de paralizar Madrid Central.

En la resolución, los magistrados recuerdan a las administraciones involucradas que deben "respetar en sus actuaciones los principios de cooperación y colaboración en aras a la eficaz consecución de los fines de interés general que demanda el ejercicio de sus propias competencias".

En este caso, afirma la Sala, esos principios no han regido las relaciones entre el Ayuntamiento y la Comunidad, pese a "la trascendencia que tiene para los ciudadanos la restricción de la circulación vial que entraña la aplicación de la disposición general impugnada".

Esta circunstancia, continúa la resolución, demandaba y demanda la implicación activa y "coordinada de ambas administraciones territoriales, con el objeto de cumplir el fin primordial de su propia existencia: servir con objetividad los intereses generales".

El delegado de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento, José Manuel Calvo, ha aplaudido la decisión porque supone que no se escuchen a quienes "quieren volver al pasado". Además, entiende que el rechazo a los recursos del PP es la "crónica de un fracaso anunciado".

"La valoración no puede ser más que positiva. Ha sido un éxito, una medida efectiva que reduce tráfico, contaminación, que mejora la calidad de aire aunque no es la única ni suficiente para alcanzar los objetivos que nos marca la Organización Mundial de la Salud y la Comisión Europea", ha declarado.

Por su parte, la Comunidad no considera un "batacazo" el rechazo del tribunal. "El TSJM sigue estudiando y analizando los razonamiento desde el punto de vista de invasión de competencias. En ningún caso consideramos que pueda ser una desautorización", ha defendido el vicepresidente Pedro Rollán.

No ha decidido sobre el fondo

Sin decidir sobre el fondo del asunto, el TSJ advierte de que la ordenanza municipal concreta intereses generales como la seguridad vial, la "necesaria, ordenada y respetuosa" convivencia entre los medios de transporte, la protección de la salud o la sostenibilidad medioambiental, entre otros.

Y frente a ese interés general "no pueden prevalecer intereses de otras administraciones públicas -no concretados- ni los intereses particulares de los ciudadanos más intensamente afectados por las medidas", argumenta el tribunal, sobre todo cuando esos eventuales perjuicios no son cuantificables.

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