Cambios en el alquiler: la duración de los contratos vuelve a cinco años y se limitan los abusos en las fianzas

  • El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto ley con medidas urgentes sobre vivienda.
  • No incluye la intervención de precios, como pactó el Gobierno con Podemos en el acuerdo presupuestario.
Vivienda en alquiler
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Vivienda en alquiler

La duración de los contratos de alquiler en España vuelve a ser de cinco años. El Gobierno ha aprobado este viernes en el Consejo de Ministros un real decreto ley de medidas urgentes por el que eleva de tres a cinco años la prórroga obligatoria para los inquilinos, un plazo que redujo el Ejecutivo de Rajoy.

La llamada "prórroga tácita" vuelve, asimismo, a ser de tres años y no de uno. Es decir, pasados los cinco años de la prórroga obligatoria, si ni arrendador ni arrendatario se manifiestan en contra, la duración del contrato se podrá extender tres años más, hasta ocho. En el caso de que la parte arrendadora sea una persona jurídica (una empresa o una sociedad), serán siete años de prórroga obligatoria y tres de tácita.

El real decreto también regula el máximo que los caseros pueden pedir a los inquilinos como garantía económica añadida a la fianza: dos meses de renta. Así, dice el Ministerio en una nota, "se limita la carga" inicial para la persona que alquila, derivada muchas veces de la exigencia de "un aval o depósito bancario" equivalente a varios meses de alquiler.

Y contempla, además, entre otras cosas: que sea el arrendador quien se haga cargo de los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato (cuando el arrendador sea persona jurídica); la eliminación de la obligación de repercutir el IBI al inquilino en el alquiler social; y el control de los contratos de alquiler turístico. Por mayoría cualificada de tres quintas partes, las comunidades de vecinos podrán limitar la actividad del alquiler turístico de las viviendas.

Estas medidas, incluidas en el acuerdo presupuestario firmado con Podemos y cuyos términos ya avanzó el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, entrarán en vigor previsiblemente este mismo sábado, cuando se publique en el BOE, y afectan a cinco leyes. Son: la de Arrendamientos Urbanos, la de Propiedad Horizontal, la de Enjuiciamiento Civil, el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales y el de la Ley del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y AJD.

Otros puntos que se pactaron con la formación morada, sin embargo, se han quedado fuera, como el relativo al control de precios en algunas zonas. "No contemplamos medidas de intervención de los precios del mercado", ha contestado, escueto, el ministro al ser preguntado por esta cuestión en la rueda de prensa. Después ha ampliado: el decreto es de medidas "urgentes" y lo del control de precios estaba "enmarcado" en la aprobación de las cuentas anuales.

Aun así, ha mencionado que el objetivo de las medidas aprobadas este viernes sí es combatir los precios "abusivos" en el alquiler y, de igual manera, elevar la "seguridad" de los arrendatarios para que puedan llevar a cabo "un proyecto de vida". "Damos un paso muy importante", ha añadido, aclarando que "esto no suple ni completa toda la política de vivienda, ni siquiera la que está en trámite en el Congreso".

La ministra de Fomento en 2012, Ana Pastor, fue la encargada de defender la rebaja de la próoroga, que fue duramente criticada por la oposición y que superó el último trámite parlamentario con los votos de PP, UPN y FAC y el 'no' del resto de grupos, sobre todo por los cambios introducidos en el Senado. "La prórroga es muy larga comprada con otros países de Europa", dijo la titular de Fomento en Consejo de Ministros. Ábalos ha dicho que aquella reforma no sirvió de nada.

Otras medidas aprobadas

- Se reforma el procedimiento de desahucio de vivienda para ofrecer más protección a los hogares vulnerables. Se establecen "unos trámites y plazos" para aumentar la seguridad jurídica.

- Se habilita a los Ayuntamientos la posibilidad de establecer una bonificación de hasta el 95% en la cuota del IBI para las viviendas sujetas a alquiler a precio limitado.

- Se aumenta al 10%, en un plazo de tres años, el fondo de reserva de las comunidades de propietarios para que se pueda destinar la realización de obras en materia de accesibilidad.

- Se facilita la adopción de acuerdos entre el propietario y el inquilino para la renovación o mejora de la vivienda en el transcurso de un mismo contrato.

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