Admitida a trámite la demanda de la Fiscalía contra Audasa por cobro "abusivo" de peajes en la AP-9

  • SANTIAGO DE COMPOSTELA, 12 (EUROPA PRESS)
Atasco en la AP-9
Atasco en la AP-9
EUROPA PRESS - Archivo
Atasco en la AP-9

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra ha admitido a trámite la demanda de juicio ordinario presentada por la Fiscalía contra Audasa, la concesionaria de la Autopista del Atlántico (AP-9), por supuesto cobro "abusivo" de peajes entre 2015 y 2018, cuando se mantuvieron las tarifas establecidas a pesar de que las obras del puente de Rande, en la provincia de Pontevedra, provocaron "retenciones" y "retrasos".

La demanda de la Fiscalía se realiza en ejercicio de la acción colectiva de cesación, en defensa de los consumidores y usuarios, por las prácticas "abusivas" de la empresa y plantea la restitución de las cantidades cobradas y de indemnización de daños y perjuicios.

En concreto, el Ministerio fiscal señala que se cobraron los peajes íntegros durante "por lo menos los tres años, entre febrero de 2015 y junio de 2018" en los que duraron las obras de la autopista en el entorno del puente de Rande, por el que transcurre la AP-9.

La Fiscalía precisa que en ese período se ejecutaron las obras en el tramo de la AP-9 en los enlaces de Cangas y Teis, incluido el puente de Rande, entre los puntos kilométricos 145,180 y 151,080.

Las obras afectaron "de forma relevante y constante a la fluidez del tráfico en la autopista", debido a que establecieron "de forma permanente" reducciones "tanto del número de carriles como de los límites de velocidad", además de realizar "sucesivas actividades propias de las obras", que provocaron "constantes retenciones y retrasos para los usuarios, además de disminuir las condiciones de seguridad de la vía".

Sin embargo, pese a esto, el Ministerio Fiscal señala que "la entidad concesionaria de la autopista mantuvo invariable el cobro de las tarifas de peaje", por lo tanto, "exigiendo a los conductores el mismo precio que si la vía estuviese en perfectas condiciones" e, "incluso, aplicando las subidas de las tarifas".

LLAMAMIENTO A PERSONARSE EN EL PROCESO

El Juzgado de lo Mercantil también acuerda en el auto realizar un llamamiento a personarse en el proceso a los perjudicados como usuarios del servicio que dio origen a la demanda, para que "hagan valer su derecho o interés individual".

Así, decreta que se publique la admisión de la demanda en medios de comunicación. El llamamiento suspenderá el curso del proceso por un plazo de dos meses. El inicio del cómputo de este plazo comenzará a contar al día siguiente a la publicación del llamamiento en los diarios.

Aunque los hechos a los que se refiere la demanda se han producido en la provincia de Pontevedra, los afectados potencialmente podrían provenir de cualquier punto del territorio nacional.

Contra la resolución del Juzgado de lo Mercantil cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al de su notificación.

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