Un juzgado de Madrid rechaza entregar a Corts documentación de la investigación de contratos de Sanidad con Crespo Gomar

  • El juzgado de Instrucción número 43 de Madrid ha rechazado la petición de Les Corts Valencianes de que le fuera remitida una copia de la documentación relativa a las diligencias instruidas por dicho órgano judicial en relación a los contratos adjudicados por el Ministerio de Sanidad a la empresa Crespo Gomar SL en 2008 por valor de 184.000 euros.
Pleno de Les Corts
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El presidente de Les Corts, Enric Morera, solicitó el 20 de noviembre la remisión de esta documentación al parlamento valenciano, tal y como acordaron los grupos en la comisión de investigación sobre la financiación electoral de PSPV y Bloc en 2007 y 2008.

El plan de trabajo de la comisión contempla la petición de esta información al juzgado de Instrucción número 43 de Madrid entre el listado de documentos solicitados para poder llevar a cabo la investigación parlamentaria.

El fiscal se opuso a la remisión de esta documentación, criterio que ha atendido el juez, que recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las diligencias del sumario serán reservadas y no tendrán carácter público hasta que se abra el juicio oral, con las excepciones que determina la ley y que no cumple este caso, indica en el auto.

Recuerda que en una resolución ante una petición similar a esta realizada por la Asamblea de Madrid se señala que otra razón que impide la entrega de documentos en procedimientos sub iudice, relacionada con la presunción de inocencia, es que "las diligencias practicadas durante la fase de instrucción para preparar el juicio oral solo adquieren virtualidad probatoria una vez son valoradas por el juzgador y aprecia su validez".

El juez señala que el reglamento de Les Corts que regula las comisiones de investigación establece que estas elaborarán un plan de trabajo, podrán nombrar ponencias en su seno y requerir la presencia de cualquier persona para que sea oída, pero "no prevé que el presidente de la comisión recabe de los juzgados y tribunales información y documentación de los procedimientos".

Sí prevé, agrega en el auto, que "cuando se considere oportuno por la Mesa de la cámara se remitan las conclusiones aprobadas por el pleno de la cámara al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas".

Por todo ello, no accede a la entrega de la documentación solicitada, resolución contra la que cabe la presentación de recurso.

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