¿Qué opciones tiene el Gobierno para hacer frente a la "dejación" del Govern?

El presidente de la Generalitat, Quim Torra.
El presidente de la Generalitat, Quim Torra.
Susanna Sáez / EFE
El presidente de la Generalitat, Quim Torra.

La tensión con Cataluña ha vuelto a poner sobre la mesa la capacidad del Gobierno central de actuar ante lo que algunos partidos, como PP y Ciudadanos, tildan de "independentismo insaciable" que ha colocado "al borde del desastre" al país. Hablan de "kale borroka", "violencia" y hasta de "muertos".

El Ejecutivo remitió el lunes tres cartas al Govern —de Vicepresidencia, Interior y Fomento— con sendas advertencias por la "dejación de funciones" de Torra y su gabinete a la hora de frenar las protestas de los llamados CDR. Pero también por su llamada a seguir la "vía eslovena", de la que ERC se desmarcó.

A pesar de la presión política de PP y Cs —incluidas mociones y proposiciones— para que aplique el artículo 155 de la Constitución —otra vez—, el Gobierno niega que sea su intención; el Govern, además, ha rebajado el tono de cara a la jornada del 21-D, día en el que se celebrará en Barcelona el Consejo de Ministros. Estas son, en todo caso, las opciones que el Ejecutivo de Pedro Sánchez podría explorar:

Ley de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Recurrir a ella sería un primer paso, teniendo en cuenta, además, que el artículo 149 de la Constitución dice que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado, sin perjuicio de que haya un Cuerpo autonómico. El ministro Grande-Marlaska, de hecho, apeló a ella en su carta al conseller de Interior; es la opción más plausible por el momento. Tiene dos artículos importantes:

1.- El 38.2 habla de competencias. Dice que, al margen de ejercer sus propias competencias, los Mossos —en este caso— y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden "colaborar" para, entre otras cosas, "mantener el orden en grandes concentraciones", vigilar los espacios públicos o "garantizar el funcionamiento de los servicios públicos esenciales". La prioridad la tendrían los Mossos, aunque si Interior lo considera así, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrían intervenir.

2.- El 46.2 abunda en esa colaboración. Y no solo dice que, si deciden intervenir, "las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado actuarán bajo el mando de sus jefes", sino también que si "en una actuación concreta" estos coinciden con miembros o unidades de los Mossos, asumirán el mando los primeros.

Ley de Seguridad Nacional

Esta norma permite, a través de un real decreto del Presidente del Gobierno (con el Consejo de Ministros), declarar una situación concreta en un determinado ámbito geográfico y asumir allí el poder "con el nombramiento, en su caso, de una autoridad funcional" y los recursos necesarios (art 24). El Gobierno tendrá que informar de todo al Congreso "inmediatamente", pero no requerirá de su permiso.

Esta ley, entre otras cosas, tiene como fin "garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales"; se aplica "a las diferentes Administraciones" y a "personas físicas o jurídicas". El PP ha registrado una moción en el Senado, que será debatida el 18 de diciembre en pleno, para que el Gobierno escoja esta vía, que implicaría que los Mossos, directamente, quedarían bajo sus órdenes.

Ley de Seguridad Ciudadana

En su artículo 24 alude también a la colaboración entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a la hora de proteger o disolver manifestaciones. En su artículo 6, recuerda, además, que las distintas Administraciones deben cooperar y mantener una "lealtad institucional" en materia de seguridad. Las distintas autoridades y funcionarios públicos también deben colaborar, apunta.

Estados de alarma y excepción

Ambos están regulados en el artículo 116 de la Constitución. El primero ya se invocó por el Gobierno de Rodríguez Zapatero durante la crisis de los controladores aéreos en 2010; se pone en marcha con un decreto. El Estado de excepción también debe ser declarado por el Gobierno mediante decreto, pero con la previa autorización del Congreso. En cuanto al Estado de sitio, requiere mayoría absoluta del Congreso.

Ley de infraestructuras críticas

Incluye el transporte. Es algo que cita muy de refilón el ministro Ábalos en su carta, así como la protección civil; ambos apartados gozan de una protección especial. En exconseller Joaquim Forn ya pidió en su día al Tribunal Supremo si el Ministerio de Defensa "adoptó medidas" de este tipo y activó al Ejército justo tras los atentados de Barcelona y Cambrils y para frenar el 1-O.

Ley de Estabilidad Presupuestaria

El Gobierno puede así multar, paralizar la entrega de fondos a una comunidad o incluso intervenir en sus finanzas si, por ejemplo, incumple de manera grave los objetivos de déficit, aunque Cataluña está hoy por hoy en superávit. En su día, Montoro aprobó medidas excepcionales de control del gasto, pero con el fin para impedir que la Generalitat utilizara dinero público para organizar el referéndum del 1-O.

Artículo 155 de la Constitución

El Gobierno de Rajoy ya lo aplicó. En este caso, si no se vulneran la Constitución y otras leyes, se podría apelar a que el Govern actúa "de forma que atente gravemente al interés general de España", pero eso tendría que determinarlo el Gobierno central. Antes de actuar, el Ejecutivo tendría, además, que enviar, vía Consejo de Ministros, un requerimiento a Torra. Después intervendría el Senado para autorizar y aplicar las medidas decididas.

Ciudadanos ha presentado una iniciativa en el Congreso para para pedir al Gobierno que inicie los trámites; se debatirá también el día 18. Si el Congreso da luz verde a la proposición, ha dicho Rivera, el Gobierno tendrá que atender al requerimiento de la Cámara. Aunque desde el Gobierno reconocen que las palabras de Torra sobre la vía eslovena son preocupantes, también admiten que "lo que cuentan son las acciones".

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