La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL, con sede en Valladolid, ha declarado nulo de pleno derecho el Decreto 14/2017 (31 de julio de 2017) de autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para la atención a las personas mayores de Castilla y León.
Hasta el momento, la Sala ha dictado otras tres resoluciones en términos similares. Se da la circunstancia de que anteriormente la Sala ya declaró nulo de pleno derecho el Decreto 2/2016, al que sustituye el ahora anulado, según informan fuentes del Alto Tribunal castellanoleonés.
La sentencia declara nulo el Decreto 14/2017 por, entre otras razones, entender que no se ha observado el procedimiento de elaboración de una disposición general, vulnerando así el principio de transparencia tanto en lo que afecta a la participación de los ciudadanos en el procedimiento de su elaboración, como en la audiencia a las Entidades Locales afectadas titulares de estos centros y a los colegios profesionales que representan a los profesionales que prestan servicios en ellos, algo especialmente relevante a efectos de determinar las ratios de personal procedentes.
Falta además el informe correspondiente al proyecto aprobado del Consejo de Cooperación Local de Castilla y León y del Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León.
Asimismo, el TSJCyL considera insuficiente el examen que se efectúa en la memoria de su incidencia en el Sistema de Salud de Castilla y León, más concretamente en los Centros de Salud de las Zonas Básicas de Salud en cuyas localidades se encuentran algunos de estos centros, y no resulta debidamente acreditado en qué momento se incorpora el informe de la Consejería de Sanidad.
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