Así, según ha informado USO en un comunicado, el citado proceso electoral "fue convocado mediante el preaviso número 66/2018, presentado el 19 de marzo de 2018, reconociéndose de manera explícita, no solo que se excluyó indebidamente a la CTA de dicho proceso electoral, sino que también se infló el número de representantes a elegir, tal como denunció la USO y el Ayuntamiento, haciéndolo pasar de nueve a 13 representantes".
La consecuencia, tras el citado laudo arbitral, es que el comité de empresa del Ayuntamiento de Lucena estará integrado por "tres representantes de USO, otros tres de UGT, dos del SAT y uno de CCOO".
En cuanto a cómo queda la representación en la Mesa General de Negociación, desde USO se ha señalado que, "de conformidad con sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 18 de enero de 2018, solo podrán estar en la Mesa General de Negociación de los ayuntamientos las secciones sindicales que hayan obtenido por separado el diez por ciento de representación de funcionarios y personal laboral".
En consecuencia, según ha precisado el sindicato, "la representación debe quedar de la siguiente forma", con USO como primera fuerza sindical en el Consistorio lucentino, "con siete representantes (cuatro en la junta de personal y tres en el comité de empresa", mientras que UGT tendrá cuatro representantes (uno y tres, respectivamente) y CCOO dos, con uno en cada órgano de representación.
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