El Supremo inhabilita diez años a un juez por prevaricación al archivar una querella contra un amigo

  • Esta es la segunda inhabilitación del magistrado por el mismo motivo.
  • En este caso, el juez archivó la causa cuando era evidente que una de las partes estaba cometiendo un delito.
Sede del Tribunal Supremo.
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Europa Press - Archivo
Sede del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo confirmaba este jueves la segunda condena firme de diez años de inhabilitación y una multa de 3.600 euros al exjuez Fernando Presencia, antiguamente al frente del Juzgado de Instrucción número 2 de Talavera de la Reina (Toledo), acusado de prevaricación por archivar una querella contra un amigo.

La Sala Segunda ha desestimado el recurso de casación de Presencia contra la sentencia de Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 2017, ratificando así la segunda condena contra el exmagistrado, que ya con la primera resolución de 2016 había sido expulsado de la carrera judicial.

El TSJ de Castilla La Mancha consideró probado que el magistrado dictó una resolución judicial injusta para favorecer a un querellado con quien mantenía una relación de amistad. Este estaba sumido  en un procedimiento por delito de estafa relacionado con la compra de un local y la suscripción de un préstamo hipotecario sobre dicha finca.

Cuando fue citado a declarar, el amigo del juez presentó un contrato alternativo que documentaba la misma operación de venta y cuestionó el contrato de compra-venta presentado por el querellante.

Presuntamente, una vez terminada su declaración, el juez acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones y el archivo de las mismas, sin esperar al resultado de las diligencias ya acordadas (como la información solicitada al Banco), argumentando que "de acuerdo con lo dispuesto en el art. 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no queda debidamente justificada la perpetración del delito objeto de la querella a la vista de los documentos aportados en este mismo acto por el propio querellado y los argumentos dados por el mismo". 

En su sentencia, el Supremo considera no sólo que se ha evidenciado "la ausencia de cualquier aval en la norma a la insólita decisión de sobreseimiento adoptada por el acusado" por "la zafia inclusión como resolución verbal en el acta de la declaración del investigado de casi imposible presencia en caso alguno en la praxis judicial" sino también que en esta causa "se decide no investigar cual de los dos (querellante o querellado ) puede resultar criminalmente responsable", una "exótica argumentación" que "ni el más lego en Derecho puede compartir".

Añade que, como hizo el TSJCM, nada era más lógico que inferir que alguno de los dos contratos presentados por las partes tenía que ser, por necesidad, falso, y constitutivo de delito; por lo que según la ley era necesario investigar ambos para dilucidar cual de las partes estaba incurriendo en delito.

Este caso constituye la segunda vez que el exjuez es inhabilitado, ya que en mayo de 2016 la misma sala del TSJCM le condenó también a 3.600 euros de multa e inhabilitación por 10 años por prevaricación al favorecer también a otro amigo suyo en un procedimiento. En aquella ocasión, la prevaricación se produjo en la tramitación de unas diligencias previas abiertas en su juzgado "por delitos de lesiones imprudentes y omisión del deber de socorro" en un atropello de un peatón y posterior fuga ocurrida en Talavera.

Presencia acordó "oralmente y a posteriori a través de auto" el sobreseimiento provisional del delito de omisión del deber de socorro, y el sobreseimiento libre y transformación a falta por las lesiones imprudentes "sin haber practicado las diligencias de prueba solicitadas, hasta en tres ocasiones, por la parte denunciante".

Esa sentencia consideró que el magistrado Presencia actuó así, "no porque creyera que era lo que procedía conforme a derecho, sino para favorecer al imputado en el procedimiento", con el que, dice la Sala, se ha acreditado "una estrecha amistad" a la vista de las declaraciones practicadas en el juicio.

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