El decreto-ley de la Junta para garantizar unos mínimos de calidad del suministro eléctrico entra en vigor este viernes

  • El decreto-ley autonómico aprobado esta semana por la Junta de Extremadura para garantizar unos mínimos de calidad del suministro eléctrico en la región, ante los problemas en esta materia declarados recientemente en zonas rurales, entrará en vigor este viernes, día 23.
LUZ
LUZ
EP - Archivo
LUZ

La entrada en vigor se producirá después de la publicación del decreto-ley en cuestión que ha tenido lugar este jueves, día 22, en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), según recoge Europa Press.

Cabe recordar que, según informó en rueda de prensa el pasado martes el presidente de la Junta, Guillermo Fernández Vara, tras la aprobación del citado decreto-ley en Consejo de Gobierno autonómico, en virtud del mismo se modifica la norma autonómica de protección de la calidad del suministro eléctrico en la región, con el objetivo de proteger a los ciudadanos ante los cortes de luz.

La medida, que deberá ser ratificada en la Asamblea en el plazo máximo de un mes, surge después de que en los últimos meses algunos alcaldes hayan manifestado una "urgente necesidad" de mejoras del suministro eléctrico en la Extremadura rural, teniendo en cuenta que hay 41 pueblos "en los que hay muchos problemas" en esta materia, como por ejemplo en La Parra, Feria, La Morera, Salvatierra de los Barros, Nogales o La Lapa, entre otros, apuntaba Vara.

Así, la modificación legislativa añadirá a la norma actual "unos nuevos parámetros para la medición de los índices mínimos de calidad en el suministro"; y "obliga" además a las empresas suministradoras a invertir en aquellos municipios donde se produzca un incumplimiento de los "mínimos de calidad del servicio", señaló Vara el pasado martes.

También, y en el caso de que se mantengan los incumplimientos, se introduce con el cambio legislativo "la posibilidad de que haya sanciones".

MEDIDAS ADICIONALES

En primer lugar se fijan unos valores mensuales máximos, aplicables por municipios, de TIEPI y NIEPI (número y duración de las interrupciones de suministro eléctrico), según la zona a la que corresponda cada municipio.

Para aquellos municipios cuyos valores mensuales de TIEPI y NIEPI superen, en dos o más meses naturales consecutivos, los valores máximos establecidos, las empresas distribuidoras tendrán que presentar ante el órgano competente en materia de energía de la Junta de Extremadura, en un plazo de dos meses, medidas de actuación concretas y delimitadas en el tiempo que permitan la corrección de las causas que originen las interrupciones.

Asimismo, deberán incluir dichas medidas en sus Planes de Inversión de forma que, frente a otras posibles previsiones de inversión, deberán dar prioridad a aquellas medidas necesarias para subsanar la deficiente calidad de estos municipios rurales.

El incumplimiento en dos o más meses naturales consecutivos, de los valores mensuales máximos del TIEPI y NIEPI o el incumplimiento de las medidas

de actuación presentadas, conlleva una multa de hasta 60.000 euros.

Por otro lado, si no se presentan las medidas correctoras exigidas podrá sancionarse a la empresa distribuidora con multa de hasta 600.000 euros.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento