El juez anula la tasa de vados que el Ayuntamiento de Madrid cobra desde 2006

  • La tarifa presenta insuficiencias graves.
  • Una de ellas la cuantía de la tarifa básica, 100 euros.
  • El Ayuntamiento podrá recurrir la sentencia.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) ha anulado la tasa de Paso de Vehículos (vados) que Ayuntamiento de Madrid cobra desde 2006. En concreto, el TSJ anula el artículo 11 de la Ordenanza Fiscal por utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, según la sentencia.

La misma está motivada por el recurso interpuesto contra esta tasa por la Asociación Nacional de Grandes Empresas Distribuidoras (ANGED). Las causas de la anulación, según recoge el fallo del juez, es que el Informe Técnico-Económico con el que el Gobierno municipal (PP) justificó y motivó el establecimiento de la tasa presenta defectos e insuficiencias graves que determinan la anulación de la misma.Estos defectos e insuficiencias afectan a la fijación de la cuantía de la Tarifa Básica de la tasa (TB), fijada en

100 euros, la estimación del
ancho de las aceras de toda la ciudad en una media de 3 metros, lo que afecta al cálculo de la superficie del aprovechamiento (S); y al cálculo de la
clase de aprovechamiento que tiene el inmueble donde se encuentra ubicado el garaje o aparcamiento.

La sentencia -contra la que cabe recurso de casación- recuerda, además, que se infringe el artículo 25 de la Ley de Haciendas Locales. Este artículo obliga a que los acuerdos de establecimiento de tasas por el uso Privativo o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local deberán adoptarse a la vista de los informes técnico-económicos en los que se ponga de manifiesto el valor de mercado o la previsible cobertura del coste para la hacienda local.

La falta de este requisito, indica la decisión judicial, determina la nulidad de las disposiciones reglamentarias (ordenanzas) que determinen las cuantías de las Tasas.

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