Un juez obliga a siete alumnos objetores a ir a Ciudadanía

Dice que la asignatura no vulnera los derechos de los estudiantes. Aún falta que se pronuncie sobre 17 casos más.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha levantado la suspensión cautelar por la que siete alumnos no tenían la obligación de ir a clase de Educación para la Ciudadanía. Ahora tendrán que volver.

Lo ha dicho en siete sentencias pioneras en nuestro país, en las que rechaza el argumento de los padres de estos estudiantes que recurrieron ante el máximo tribunal asturiano para pedir la objeción de conciencia y que sus hijos no asistieran a clase.

El argumento era que la asignatura atentaba contra su libertad de conciencia y sus convicciones morales. Pero esta tesis no la comparte el tribunal. El juez dice que no tienen derecho a objetar porque no afecta a los derechos fundamentales, sino todo lo contrario: «Esta educación, cuyos contenidos no pueden considerarse en ningún caso alternativos o sustitutorios de la enseñanza religiosa, no entra en contradicción con la práctica democrática que debe inspirar al conjunto de la vida escolar». Explica, además, que la nueva materia «permitirá profundizar en algunos aspectos relativos a nuestra vida en común, contribuyendo a formar a nuevos ciudadanos».

Los recursos los ha tramitado el Foro de la Familia y hay pendientes otros 17 en Asturias, porque este tipo de iniciativas las están llevando a cabo en todo el país, pero el tribunal asturiano ha sido el primero en pronunciarse.

La organización ha anunciado que continuará con el proceso y llevará el caso, si es necesario, hasta el Supremo.

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