El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado una solicitud del Ayuntamiento de Valencia de retrasar la vista, prevista para mañana, en la que se debe resolver el recurso planteado por la asociación Salvem el Cabanyal contra el plan urbanístico municipal de prolongación de la avenida Blasco Ibáñez que supone derribar parte de la trama urbana del barrio marítimo valenciano.
El TS entiende que la alegación planteada por el Consistorio, en un escrito con fecha de 5 de febrero, contra la decisión adoptada por la sala de adelantar el señalamiento "carece de toda consistencia" , por lo que no se ha admitido a trámite.
El contencioso sobre el plan del Cabanyal se remonta al año 1997, cuando el Ayuntamiento planteó extender la avenida Blasco Ibáñez hasta el mar a través de zonas declaradas Bien de Interés Cultural (BIC) del barrio.
En 2004, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana aprobó el plan municipal. Poco después Salvem el Cabanyal logró la suspensión cautelar de los derribos previstos. La paralización que se mentiene afecta a los edificios BIC, situados entre las calles Pescadores, Doctor Lluch, Escalante y Amparo Guillem.
Fuera de este perímetro, el TSJ ya ha dado autorización a las obras. La ejecución del plan supondrá la demolición de 1.650 viviendas en unos 500 edificios.
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