¿Qué necesito para reclamar el IRPF del permiso de maternidad a Hacienda?

Una mujer mira un escaparate con su hija en una silla de paseo.
Una mujer mira un escaparate con su hija en una silla de paseo.
EUROPA PRESS
Una mujer mira un escaparate con su hija en una silla de paseo.

Tras la sentencia del Tribunal Supremo que declara exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) las prestaciones por maternidad, multitud de madres y padres ya están frotándose las manos pensando en los entre 1.000 y 2.600 euros —según los cálculos de la OCU— que podrán recibir por hijo nacido después de 2013.

Amparados por la sentencia que ha dado la razón a Ana, la madre madrileña cuyo caso ha llegado al TS, ahora los padres y madres que solicitaron la prestación por maternidad y paternidad durante los últimos cuatro ejercicios fiscales pueden solicitar a Hacienda la devolución del IRPF que se descontó de dichos importes.

Para ello, los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 (los anteriores han prescrito) han de presentar un escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del ejercicio en que se percibió la prestación.

Este trámite se puede realizar a través de esta página web de la Agencia Tributaria, mediante número de referencia, clave PIN o DNI electrónico. Para ello necesitarán localizar el importe de la prestación por maternidad o paternidad que hayan percibido en los datos fiscales remitidos por Hacienda. Si no los conserva en papel, puede consultarlos en web de Hacienda dándose de alta en el sistema clave PIN o con el DNI electrónico. Tenga en cuenta que si su hijo nació en el último trimestre del año, es posible que se cobrara la prestación en dos ejercicios distintos: en ese caso deberá solicitar la rectificación de ambos ejercicios.

Además, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha elaborado una plantilla llamada 'Solicitud de rectificacion de autoliquidación y devolución prestación IRPF' que puedes descargar en Word y rellenar con tus datos desde su portal web.

Según explican en la propia web de Hacienda, a la solicitud se adjuntarán los documentos que acrediten el derecho a la devolución —las declaraciones de los ejercicios afectados—, indicando el medio elegido por el que haya de realizarse la devolución, de entre los señalados por la Administración competente. El plazo que estiman para resolver este tipo de resoluciones es de seis meses.

¿Cuál es el plazo para reclamar?

La solicitud de rectificación se puede pedir antes de que pasen cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la declaración reclamada o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si se presentó fuera de plazo.

Para los empleados que cobraron la prestación en 2014, el plazo termina el 30 de junio de 2019, que es cuando se cumplirán cuatro años del momento en el que se presentó la renta correspondiente al ejercicio de 2014 (en 2015).

Dado que el plazo para las declaraciones más antiguas termina el próximo junio, desde el Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) aconsejan "esperar a que se establezca un procedimiento general".

Desde Gestha recomiendan "paciencia"

Su secretario José María Mollinedo explica que también se puede solicitar mediante una "rectificación de la declaración", que se puede hacer "en cualquier momento" pero que esto implica "cambiar la declaración que en su día se realizó y muchas personas no tienen ni siquiera el programa informático que utilizaron entonces, porque además este ha cambiado a Renta Web" en la última campaña. Además, "hay muchas mujeres que no están obligadas a hacer la declaración" por no llegar al mínimo de ingresos y esta vía les impediría obtener la devolución del IRPF.

Por todo ello y dado que "no hay prisa", Gestha aconseja "paciencia" y esperar a que se estableza un procedimiento común por separado, porque considera que este asunto "va a colapsar seguro" el sistema.

Si una solicitud se considera procedente, Hacienda rectificará la declaración presentada y devolverá la cantidad indebidamente ingresada, más los intereses de demora que correspondan.

Si Hacienda rechaza la devolución de ingresos indebidos, el contribuyente deberá presentar una reclamación económico administrativa. Si esta tampoco consigue un resultado positivo, tendrás que acudir a los tribunales contencioso administrativos asistido de abogado y procurador.

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